Costas de varios abogados

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Re: Costas de varios abogados

por GIZANE » Vie 22 Ene 2021 12:06 pm

Por supuesto que me ha servido...muchísimas gracias chocala

Saludos Carlos !!!

Re: Costas de varios abogados

por Carlos Valiña » Jue 21 Ene 2021 11:33 pm

Toma mis palabras con cautela que llevo dos decadas fuera de civil.
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3. Cuando, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, se impusieren las costas al litigante vencido, éste sólo estará obligado a pagar, de la parte que corresponda a los abogados y demás profesionales que no estén sujetos a tarifa o arancel, una cantidad total que no exceda de la tercera parte de la cuantía del proceso, por cada uno de los litigantes que hubieren obtenido tal pronunciamiento;...
Tal como yo lo veo, hay dos abogados y dos procuradores en la posicion de la parte demandada y por lo tanto en la tasacion hay que incluir lo correspondiente a cada uno de los "equipos" o sea dos abogados y un procurador en los inicalmente demandados, y otro abogado con su procurador, en el litisconsorte y el limite del tercio se aplicara no en conjunto, sino para cada uno de esos "equipos" considerado individualmente, de tal suerte que sumados ambos pueden exceder perfectamente del tercio de la cuantia.

Como siempre, cuidar de recordar que el limite afecta exclusivamente a la suma de las minutas de abogado y los suplidos de procurador. Los derechos del procurador no estan afectados por el limite y van integros.

Dento de cada equipo por tanto, aplicado el limite sobre esa suma, si los suplidos del procurador representan un 12% de la minuta del abogado, se aplicara el limite sobre el total de esa suma, y del resultado, el 88% sera la minuta final del letrado y el 12% de los suplidos mas todos los derechos, la del procurador.

Espero te haya servido.

Re: Costas de varios abogados

por GIZANE » Jue 21 Ene 2021 5:57 pm

Hola
Soy nueva en esta plaza, aunque anteriorment estuve en otro juzgado pero nunca se me planteó este problema.
Al hilo de lo que decís se me presenta una tasación de costas de un ordinario en el que el demandante ha sido condenado. En principio los codemandados presentaron una minuta en razón a la cuantía (9000) y no pasa del tercio (eran dos litigantes con un solo abogado y un solo procurador). El problema es que los demandados propusieron la intervención de un tercero (litisconsorcio passivo necesario) por ser el que realizó las obras y ese tercero contestó a la demanda en los términos de su intervención y también ha sido desestimada la demanda contra él por lo que, también ha presentado su correspondiente minuta y derechos de su procurador. En principio yo hice la tasación incluyendo a ambas partes en una sola y, efectivamente, el monto se pasa del tercio. Me lo han impugnado por excesivas y por indebidas, claro.

Alquien me ayuda en este caso? No sé que he de hacer pues la Tasación ya esta hecha y todo en una.

Gracias

Re: Costas de varios abogados

por Carlos Valiña » Mié 28 Oct 2020 12:16 am

En un mensaje mio anterior en este mismo tema yo ponia esto:

b) El problema de las minutas:
El letrado cobra por su trabajo. Es de logica pura que si ha habido dos abogados en el pleito que han presentado demandas diferentes, sostenido posiciones diferentes, actuado en el juicio defendiendo intereses diferentes, hay que incluir ambas minutas en la unica tasacion de costas, puesto que la actitud del demandado obligo a desarrollar un trabajo, y como obligo a varios a demandarle, justo es que ahora pague por los servicios prestados por los respectivos letrados de aquellos, pues en otro caso, no habria restitutio in integrum que es de lo que se trata.
Por eso sigo pensando que si en el caso que tu cuentas, un solo abogado represento a los tres demandados y estos ganaron el pleito el actor paga una minuta y en algunos casos las normas colegiale pueden prever que con un incremento porcentual porque que es mas trabajoso defender a varios y con ciertas diferencias de posicion juridica que a uno.

Pero el caso realmente dificil es cuando cada uno de los tres demandados se busco su propio abogado, a mi parecer ahi hay que incluir las tres minutas en la tasacion, pues los tres trabajaron.

¿Por 600.000 o por 200.000?

Creo que cada una de las tres minutas por 600.000 pues cada uno de ellos corrio el riesgo de ser condenado y que los otros fueran insolventes.

En el mensaje anterior Secretario novato nos dice que en Madrid, una pauta siempre importante, cobran una unica minuta y se reparten su importe, e imagino que se refiere a este ultimo caso realmente dificil, porque el cobro de tres minutas puede suponer un costo enorme y como modo de moderarlo un poco, de hecho hay pleitos donde te obligan a demandar a todos, incluso si tu no quieres, aunque luego solo condenen a algunos y esa solucion parece plausible, pero no se debe olvidar que lo que no vaya en las costas, lo han de pagar luego los respectivos clientes de esos tres abogados, que salen absueltos pero se comerian 2/3 de la minuta de su letrado, que es otra forma de perder y por eso, cohonestando todos los intereses en juego, creo que hay que incluir las tres minutas y por 600.000.

Un tema con mucha enjundia este.

Saludos.

Re: Costas de varios abogados

por Novatosecretario » Mar 27 Oct 2020 11:17 pm

¿Qué ICA es?

En el de Madrid, se divide entre todos los minutantes.

Un saludo.

Re: Costas de varios abogados

por Invitado Letrado » Mar 27 Oct 2020 11:17 am

@Carlos Valiña en primer lugar, gracias por tu respuesta, has entendido con claridad lo que expongo, sin embargo, yo me refería al caso en que el actor fuese condenado en costas, ahí es donde me surge la duda, porque la obligación de tener que pagar 3 minutas, al completo y por su cuantía total, siendo que sin embargo el total al que podrían ser condenados cada uno de los tres se corresponde con 1/3 de la cuantía me parece, produce cierta socavación de la tutela judicial efectiva.

Muchas gracias de nuevo, tanto por vuestras respuestas como vuestro trabajo.

Re: Costas de varios abogados

por Carlos Valiña » Mar 27 Oct 2020 2:51 am

Invitado letrado:

Gracias en nombre de todos por tus bellas palabras hacia la labor del foro y los foreros.

Mi impresion es que en todo este tema se han tratado muchos temas complejos y el tuyo parece algo mas sencillo.

Letrado actor contra tres demandados que van con el mismo letrado o cada uno con el suyo, pero el que gana es el actor.

Son condenados los tres demandados.

Mi parecer es una unica tasacion y por la cantidad de 600.000 euros. El pleito se siguio por esa cifra y se gano por esa cifra.

Y no creo que quepa hablar de tres minutas de 200.000, primero porque como se ha expuesto, el credito es de la parte, es decir las costas cuantifican un credito del actor, (no de su letrado) frente a la parte condenada al pago y la parte reclamo y obtuvo 600.000 y segundo porque para que fueran tres minutas tendria que haber reclamado a los tres, por diferentes deudas o razones de pedir, es decir al albañil porque se hundio el muro, al fontanero porque se inundo el sotano y al electricista porque ardio la instalacion, fueran 100.000 al primero, 500.000 al segundo y 200.000 al tercero o 600.000 a cada uno y haber obtenido varias condenas a cada uno de ellos por su respectiva cantidad. Ahi si que creo procedería presentar tres minutas, una contra cada condenado porque en realidad eran tres pleitos en uno.

En una responsabilidad decenal, si hay tres condenados solidarios, te aseguras el tiro porque si absuelven a alguno otro pechara con el daño, y lo que no puedes es estar a las maduras y no a las duras, es decir, al inconveniente a la hora de cobrar costas de haber ido contra todos solidariamente.

Siempre puedes demandar a cada uno por 200.000 mil y jugartela a que condenen a uno solo a 200.000 y presentar esa unica minuta de 200.000, pero nadie renuncia a la garantia de la solidaridad si la tiene a su favor, va a por todos a por los 600.000 y justo es que los demandados paguen por una cuantia de 600.000 y no por una de 1.800.000 que nunca se reclamo, o por tres de 200.000 que nunca se plantearon como tales reclamaciones individuales en la demanda.

En cualquier caso, la regulacion legal lamentable. Como es habitual en cuanto concierne a los temas de "segundo nivel" donde andamos nosotros liados.

Saludos y espero te sirva.

Re: Costas de varios abogados

por Invitado Letrado » Lun 26 Oct 2020 9:56 pm

Invitado, he leído el hilo completo con atención, sin embargo, no me queda del todo claro, o no lo he entendido del todo, mi pregunta es si pueden presentarse 3 minutas por la totalidad de la cuantía por 3 letrados de 3 demandados solidarios, si habría que acudir a la minuta ideal y repartirla entre 3, o sin embargo si que estaría justificada la emisión de 3 minutas por el total. A mi entender esto daría lugar a un injusto como es el pago por triplicado de una misma reclamación.

Re: Costas de varios abogados

por Invitado » Lun 26 Oct 2020 9:28 pm

Re: Costas de varios abogados

por Invitado Letrado » Lun 26 Oct 2020 3:13 pm

Buenos días, en primer lugar me gustaría daros las gracias por tener el foro en abierto, os sorprendería la cantidad de veces que acuden compañeros Letrados a consultar dudas. Y a mi en concreto, me sirven de muchísima ayuda vuestras opiniones y debates.

A ver si soy capaz de expresar mi duda con claridad.
- Pongamos un supuesto en que una sola persona, demanda por idéntica responsabilidad civil (pongamos 600.000 euros) a 3 solidarios, (ejemplo: constructor, aparejador y ).
- Esa persona es condenada en costas.
- La tasación de costas habrá de producirse a tenor de 3 minutas calculadas sobre esos 600K?, porque me parece que esto tendría efectos perversos, ya que realmente son demandados por 200k cada uno ( aunque sean solidarios, siempre podrán repercutir al resto lo pagado)

Para mi lo más justo sería una sola minuta calculada sobre la base de 600.000 o 3 minutas sobre la base de 200.000, sin embargo nada encuentro con lo que aclararme.

Muchas gracias y buen foro.

Re: Costas de varios abogados

por Hierbas1408 » Jue 05 Dic 2019 1:59 pm

Hola, lo primero gracias por responder.
En este supuesto, se presentó en una misma demanda 16 demandantes y cada uno reclamaba una cuantía diferente, porque cada uno había entregado al banco un importe distinto. A esta primera demanda se acumuló otra, con 3 demandantes que asimismo reclamaban cuantías diferentes y se resolvió todo en una misma sentencia.

Re: Costas de varios abogados

por Procurador » Dom 17 Nov 2019 11:48 pm

Para poder responderte me gustaría saber si cada demandante ha interpuesto una demanda que posteriormente se ha acumulado a otra o si en cada demanda iba por varios demandantes, más allá de que se hayan acumulado con posterioridad.
Es decir, si yo le reclamo al banco en una demanda, mi hermano en otra y mi tía la del pueblo en otra y después se acumulan o si en una demanda demandados el menda y mi hermano, cada uno una cantidad, y mi tía en otra demanda por otra cuantía.
Es que lo de revisar minutas sin tener los autos delante se me da muy mal y el informe del CGPE que acabo de leer hace referencia al segundo supuesto, a que mi hermano y yo demandamos conjuntamente, pero lo resuelve en base a una sentencia en la que se hace referencia a que mi demanda, la de mi hermano y la de mi tía sean distintas pero se acumulen.

Re: Costas de varios abogados

por Hierbas1408 » Dom 17 Nov 2019 12:15 am

Buenos tardes, aprovechando el tema de este hilo, os cuento porque no sé como salir de este atolladero:

Se trata de un Ordinario en el que ha habido una acumulación de procesos y acumulación subjetiva de acciones (art. 2 b y c del Arancel), al haber una pluralidad de demandantes que han obtenido una condena en costas a su favor frente a dos entidades bancarias, el procurador de la parte actora, presenta una minuta respecto de cada demandante según el importe reclamado por cada uno de ellos.

ejemplo: demandante 1 reclama 1000 euros y aplica la escala 1.1 + 1.4 de ese importe (1000)

demandante 2 reclama 2000 euros y aplica la escala 1.1 + 1.4 de ese importe (2000?

y así hasta 12 veces por los 12 demandantes.

En cambio, yo taso costas usando el importe total (en el ejemplo 1000+2000= 3000 (suma de las cantidades reclamadas por todos y aplicando a la misma el 1.1 y 1.4) y lo hago respecto del primer proceso y luego respecto del acumulado.

Me impugna la tasación de costas y presenta informe del CGPE, donde se dice que en caso de acumulación subjetiva de acciones, hay que tomar como base de cálculo lo reclamado por cada uno de los demandantes de manera independiente y no la suma de todas las cantidades reclamadas en base al art. 2 b del Arancel de Procuradores.

A pesar del informe del Consejo General de Procuradores de España, sigo sin ver que habiendo presentado un solo escrito y no 12 en cada intervención, deba tasar usando como base de cálculo cada cantidad reclamada por cada demandante, sin embargo no encuentro nada en que fundamentarme.
Espero podáis ayudarme! Muchas gracias

Re: Costas de varios abogados

por CIVILIST@ » Vie 07 Oct 2016 6:29 pm

Interesante artículo sobre la cuestión tratada en este hilo:
CIVIL
Solidaridad o mancomunidad en la condena costas en casos de pluralidad de partes
Por D. Vicente Magro Servet
Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante (Doctor en Derecho).
http://www.elderecho.com/tribuna/civil/ ... 05001.html

Re: Costas de varios abogados

por pisto » Vie 01 Jul 2016 7:56 pm

Al final, esta mañana decidí ( ya no sé si bien o mal) y dado lo embrollado que tenía el asunto, darles tratamiento diferenciado. A la empresa privada, que no había recurrido, le dicté un decreto aprobando las costas por la mitad de su importe y, al organismo público que si lo había hecho y que parece tiene razón, le aprobé la reducción que proponía y con la que estaba de acuerdo el dictamen del colegio de abogados. Lo único es que creo que de ésta última, el organismo solo debería de abonarr la mitad porque entiendo que no tendría que perder el beneficio que supone la regla de la mancomunidad solo porque la otra parte condenada no se haya movido y luchado la reducción.
Que lo revoquen y resuelvan ( os lo contaría). Lo cierto es que no sé qué me ha pasado con el caso porque no sabía atacarlo porque todo me chirriaba...
Bueno, todavía no está firmado así que se siguen aceptando sugerencias :lol:
Os quería dar las gracias de verdad, por vuestras opiniones estupendas, por vuestras operaciones, como Carlos que el pobre anduvo hasta con calculadora.

Re: Costas de varios abogados

por newzel » Vie 01 Jul 2016 1:52 pm

Hola Pisto.

La obligación de pago de las costas está sometida a las normas que regulan las obligaciones en el Código Civil y en concreto a la regla general de exclusión de la solidaridad. Obligación que es por tanto mancomunada con independencia de que la deuda litigiosa tenga carácter solidario.

Si el vencedor de las costas es una sola parte procesal, y los vencidos dos partes, se practica una única tasación de costas con un único pronuncimiento de condena en costas, el cual es mancomunado para cada parte condenada (salvo que la sentencia, auto o decreto expresdamente declare la solidaridad).

La regla general es que la mancomunidad lo sea por partes iguales, de forma que, por ejemplo, si son 1000€, cada parte estará obligada al pago de 500€. Y si cada una de esas partes está ocupada por más de una persona (plurisubjetividad), entre ellas (las diferentes personas que conforman esa parte procesal) surge solidaridad, pero su porción, como única parte procesal para con el acreedor y respecto a las otras partes procesales condenadas en costas, sigue siendo mancomununada.

¿Qué pasa si cada parte procesal condenada en costas ha tenido una actuación procesal diferente?

Cada una de las demandadas causa costas por su particular actuación. Y en correlación con ello, cada parte demandada debe afrontar el pago (particularizado) de dichas costas.

Esta tesis se justifica desde la idea de que la obligación es por ley individualizada, personalizada e independiente de las demás que puedan derivarse para terceros, por lo que cada uno de los demandados se encuentra en distinta posición procesal respecto de la parte actora en orden a posibles relaciones sustantivas o materiales con ella e incluso por la existencia o no de actos de interrupción del tiempo de prescripción, que pueden operar respecto de unos y no de otros, a diferencia de la responsabilidad contractual, cuya eventual solidaridad procede de la obligación misma.

No se hace ningún prorrateo

En cuanto a penal:

El artículo 240.2 LECRIM, expresamente establece la mancomunidad en la condena en costas y ello pese a que en los supuestos de coautoría, en aquellos casos en que se genere responsabilidad civil,
esta tiene un neto carácter solidario ( artículo 116.2 del Código Penal ).

Re: Costas de varios abogados

por Carlos Valiña » Jue 30 Jun 2016 5:23 pm

Hola nuevamente.

Tienes que asumir que pueden darse casos donde la obligacion es la misma para dos codemandados pero no su importe. Asi sucede en los intereses en caso de golpe de trafico son distintos para el culpable del accidente y para su aseguradora que tiene un recargo.

En el presente caso al final tenemos que la tasacion ha quedado para la empresa en 2541,95 y para el organismo publico en 747,03 y no puedes entregar ambas cifras si las hubieran abonado ambas, porque el tope es 2541,95.

Si quieres mancomunar que parece lo sensato en este caso, tendran que abonar en proporcion con un prorrateo.

Hay varias formas de hacerlo, la mas simple es esta.

2541.95+747,03 = 3288,98

3288,98 es a 100 como

2541,98 es a X

X = 2541,98 X 100 / 3288,98 =77,28

Ahora sabes que las costas de la empresa representan un 77,28% del conjunto de las costas si cada parte hubiera tenido que pagar las suyas.

Aplicas este porcentaje al total de costas y te sale

2541,95 x 77,28% = 1964,41 paga la empresa.

El resto hasta 2541,98 o sea 577,57 lo paga el organismo publico.

y si no aplicas solidaridades con esto lo tienes resuelto.

Saludos.

Re: Costas de varios abogados

por pisto » Jue 30 Jun 2016 1:05 pm

Debo decir, que en otros casos consideré mancomunada esta responsabilidad. Respecto de esta cuestión ya no sé si me falta una tasación o qué me falta.
Si la tasación ascendente a 2.541,95 euros fue única, una sola tasación de costas y, la empresa privada no la impugna, el organismo público si y va quedar rebajada a 747,03 euros porque su situación fue distinta durante le proceso de ejecución (no se opuso y llego a pagar voluntariamente en un determinado momento), ¿debo entender que para la privada, queda fijada en 2.541,95 euros por no haberla impugnado, para la pública en 747,03 euros? y si es así ¿ cómo aplico la responsabilidad mancomunada?
¿Qué está? ¿mal enfocado todo?

Re: Costas de varios abogados

por Carlos Valiña » Mié 29 Jun 2016 11:13 pm

En penal no lo son que yo sepa.

Saludos.

Re: Costas de varios abogados

por newzel » Mié 29 Jun 2016 11:09 pm

Las costas son mancomunadas en civil y en la conchinchina. La opinión de un abogado en este tema debería interesar poco. O alguna resolución del TS del pleistoceno.

Re: Costas de varios abogados

por Carlos Valiña » Mié 29 Jun 2016 10:40 pm

depende

aparte la cuestion en efecto de lo que pueda ser la particular regulacion en cada orden jurisdiccional, que en el supuesto no se especifica.

En cualquier caso e intuyendo que el tema pueda ser civil, y a la vista de que pisto parecia interesar como discriminar y que cada uno pagara "su parte" pero guardando la "proporcion" ya apuntaba que la solucion mas razonable en esa linea es la de la ecuacion final de mi anterior intervencion.

Saludos.

Re: Costas de varios abogados

por newzel » Mié 29 Jun 2016 10:13 pm

Las costas son mancomunadas, no solidarias

Re: Costas de varios abogados

por Carlos Valiña » Mié 29 Jun 2016 8:33 pm

Este problema yo lo he padecido antes, hace muchos años, cuando habia dos condenados uno era una compañia de seguros y llevaba intereses al 20% y el otro no y los llevaba normales, o por el tema de la franquicia que afectaba a la aseguradora y no al codemandado condenado y no recuerdo bien como salia del paso.

2500 son las costa del juicio en conjunto y la condena es solidaria

asi que la empresa responde de 2500 y el organismo publico de 1750 euros (2500 x 70%)

Si la empresa es insolvente y no paga, reclamaremos 1750 al organismo publico y fin de la historia.

Si la empresa paga primero los 2500 le daremos todo eso a la actora y la empresa podra repetir contra el organismo publico. ¿Porque cantidad? A mi juicio por 1250 euros, porque dentro de tu procedimiento el organismo venia obligado a pagar menos, pero precisamente por no hacerlo y no aprovecharse de su "exencion" obligo a la empresa a pagar todo causandole un perjuicio y cuando la empresa repite contra el organismo en otro procedimieonto, en este otro ya no puede oponer dicha rebaja, porque responde tanto por la parte que debio de abonar en las costas (hasta el limite de la rebaja),cuanto por el tramo de la rebaja, en cuando que causo con su omision un daño indebido a la empresa.

Si el organismo publico paga primero, le daremos los 1750 euros a la actora, cobraremos el resto hasta 2500 a la empresa, y lo entregaremos a la actora, y luego el organismo publico podra repetir por 875 euros, que es lo que abono en exceso a la actora, y al final la empresa habra pagado 750 a la actora y 875 al organismo publico total 1625.

Y si pagan ambos a la vez, X+70/100 X = 2500

100X +70 X = 250000

170X = 250000

X = 147,05

resultado empresa 1470,5 euros

organismo publico 1029,5.

Tendria que darle muchas vueltas al tema, porque a lo mejor las repeticiones a que aludia antes es mas justo que se muevan sobre estas dos cifras, pero probablemente la solucioin mas justa sea la de esta ecuacion y si no lo es, les va a costar mucho desmontarla, tiene a mi parece bastante logica interna y son de letras.

ya nos contaras como resolviste, jeje

CArlos

Re: Costas de varios abogados

por pisto » Mié 29 Jun 2016 6:52 pm

Carlos Valiña escribió:No acabo de ver la dificultad, quiza no entiendo bien el caso

costas iniciales 2000

recurre el organismo y consigue rebaja del 30% en lo que a el le corresponda.

Le tocan 1000

por lo tanto ha de pagar 700

Asi que uno debe pagar 1000 y otro debe pagar 700.

Luego la condena de costas es solidaria.

Si uno no paga el otro tiene que soltar los 1700 y repetir contra el otro.

Saludos.

A ver si lo explico mejor:
Una tasación de costas por 2500 euros de honorarios.
El organismo la impugna por excesivos alegando que ni es la cuantía que dice la ejecutante ni tiene en cuenta que ellos no se han opuesto y por tanto tiene que haber una rebaja del 30% (dictamen del colegio conforme a esa tesis)
La empresa privada quien en el transcurso de le ejecución si se opuso en un incidente por el que fue condenada en costas de manera específica, se supone que al no haberla impugnado, la deja firme, es decir, serían los 2500 euros porque además no tiene derecho a la rebaja del 30%.
A partir de ahí me he perdido. ¿Le rebajo al organismo público a la cantidad que le corresponde y al otro la diferencia? ¿Es solidaria en tal caso la responsabilidad?...Pues que me bloqueé.

Re: Costas de varios abogados

por Secretarionovato » Mié 29 Jun 2016 5:10 pm

La Tasación de costas en el social, es distinta que en las demás jurisdicciones.

Las fija el Tribunal o Letrado libremente a su prudente arbitrio.

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