Incapacitaciones e internamientos

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Re: Incapacitaciones e internamientos

por ELY » Jue 18 Jun 2020 9:54 am

LAJ Internamiento escribió: Mié 17 Jun 2020 2:58 pm Y si nos vamos a poner puristas, me explicáis por qué en los mixtos e instrucciones, las declaraciones de perjudicado las toma el funcionario, y las de investigado que no son muy complejas también, Ah claro!! que las deben tomar ellos y no el Juez! venga.....
vamos a ser ágiles y prácticos, que si nos ponemos al 100 x 100 legales, ningún juzgado obra así
ah.. que ahora no esta el juez ni el LAJ, que "superfuerte mari"....., yo en mi época de mixto, que es verdad que fue poco (3 años) siempre he visto al juez en todas las declaraciones, y yo intentaba estar en todas, aunque he de reconocer que de alguna me escaqueaba y entraba al final ya que estaba en la puerta de al lado.

Respecto de los internamientos no voluntarios y su ratificación, la mayoria ya no se va con lo del covid, se hace por telecomparecencia, vía webex con el centro, juez LAj en juzgado, y forense en su despacho y el sujeto en el centro.... ya no va nadie.

un saludo.

Re: Incapacitaciones e internamientos

por LAJ Internamiento » Mié 17 Jun 2020 2:58 pm

Pues yo discrepo contigo juristum y estoy con los compañeros. El Juez obviamente debe ir, porque él debe explorar al interno sí o sí ( si hay jueces que no van a esto...mal asunto). Pero quien acompaña al juez, créeme que aquí el juez va con el forense, quien hace el informe allí. A unas malas he visto al juez llevarse un mini acta de que realiza la exploración a la que adjunta el informe del forense pero de LAJ.....no los veo . Y a veces en su caso, un funcionario de Gestión Procesal ha podido acompañar.
Es un trámite donde lo que vale es el informe del forense y punto, no se le da más vuelta

Y si nos vamos a poner puristas, me explicáis por qué en los mixtos e instrucciones, las declaraciones de perjudicado las toma el funcionario, y las de investigado que no son muy complejas también, Ah claro!! que las deben tomar ellos y no el Juez! venga.....
vamos a ser ágilesy prácticos, que si nos ponemos al 100 x 100 legales, ningún juzgado obra así

Un saludo

Re: Incapacitaciones e internamientos

por Secretarionovato » Mar 16 Jun 2020 1:29 am

Por supuesto que tiene que ir... De lo contrario ¿Qué hace? ¿Un acta falsa relatando lo que ocurrió en un evento al que no fue y por tanto no sabe lo que pasó? ¿Se incluye en el acta el consabido "ante mi" cuando realmente no fue nadie?

Por favor...

Re: Incapacitaciones e internamientos

por juristum » Lun 15 Jun 2020 11:12 pm

Pues discrepo, soy titular de Juzgado de familia y llevo muchos años yendo...no es que me agrade, es más, me quita bastante tiempo, pero es mi obligación.

Me gustaría saber de que Juzgados especializados en familia habláis y de que qué Juntas de Lajs de capitales habláis, y si fuera posible que alguien colgara el acta de la junta o saber los fundamentos para excusarse de ir, por que ya os digo, ojalá pudiera librarme pero con encaje y apoyo jurídico, no de tapadillo y bajo la amenaza de que cualquier día pueda tener un problema por no ir.

Re: Incapacitaciones e internamientos

por marecuadrado » Sab 04 Abr 2020 6:02 pm

Invi85, has dado en el clavo, incluso hay jueces que ni van, se fían del informe forense, y con eso el Fiscal da el visto bueno, yo soy de la opinión y es particular, que para algo existe el abogado de guardia en todos los Juzgados, pues que se debería atribuir la defensa de esa persona al servicio de guardia, porque pones el auto de internamiento, lo manda por fax, en la parte dispositiva, "contra este auto cabe recurso de apelación....", como se lo notificas a una persona que se presupone que está sedado, del que se le ha acordado una limitación de un derecho fundamental en la más estricta arbitrariedad, venga por delante, la mayoría de los internamientos son necesarios por causas objetivas del interno, pero no por esto tiene que ser conculcándose el derecho fundamental del derecho de una defensa, porque seguro habrá quien me diga que para velar por ellos está el Fiscal, pues no comparto la premisa, desde el más absoluto respeto, el fiscal es parte, ya pierde toda objetividad su defensa..., al meno así lo veo yo...

Re: Incapacitaciones e internamientos

por Invi85 » Jue 26 Mar 2020 12:37 pm

Pues retomo este asunto de hace 7 años, donde algunos y grandes foreros cmo newzel ven que no se va y otros que dicen que sí, para como efectivamente dice new, estar a su favor. Ya ha habido muchas juntas tanto en capitales como en partidos de algunos pueblos, se ha peleado ese asunto y se ha dado la razón a los Lajs de que no es necesario ir. Y esos juzgados de familia y mixtos no van.
Todos sabemos cómo funcionan esos Internamientos de 5 minutos. Donde no tienes ni idea y donde al final juez y fiscal hacen lo que dice el forense. Así que no complicar más un asunto dnd ni pinchas ni cortas, el juez acompaña al forense, y se da por reproducido en la exploración lo que el forense plasma en su informe, que es lo que vale al fin y al cabo.
Saludos

Re: Incapacitaciones e internamientos

por girasol » Mar 28 May 2013 11:01 pm

Hola, en el partido donde estaba antes ibamos todos los secres a los internamientos y reconocimientos,junto al forense, y el juez, claro. Se levantaba acta y al final de la misma ya recogia el informe del forense para poder dar el traslado al fiscal super rapido y poner el auto de inmediato (el juez).
Donde estoy ahora hay juzgados de familia pero por lo que me han contado el forense no va y creo que van el fiscal, juez y secre.

Re: Incapacitaciones e internamientos

por montsebcn » Lun 27 May 2013 12:58 pm

Hola a todos
No pretendía con el tema que entre nosotros discutiéramos , ya sólo faltaría ésto, y sí teneis razón con la Ley en la mano hay que ir ypero concozco Juzgados que van y otros que no van depende de cada caso .

Ah Termi gracias por el modelo a partir de ahora lo usaré .

Un saludo.

Re: Incapacitaciones e internamientos

por juan alberto » Lun 27 May 2013 10:39 am

Con la ley en la mano hay que ir y levantar acta, no hay otra. Entiendo que en muchos sitios no se va porque, como toda la fe publica judicial es una tontería, de hecho mas tonto todavía es entrar a algo que se esta grabando al lado de tu juzgado y en el que intervenienen abogados que defienden a la partes y MF que defiende el interés público.
En cualquier caso lo que me parece inapropiado son esas referencais a si el juez de dispensa o te obliga a ir, cualesquiera que sea la solución la cuestión es que el Secretario como fedatario decida donde tiene que ir o que tiene que hacer y no lo que el juez te mande.

Re: Incapacitaciones e internamientos

por newzel » Lun 27 May 2013 10:03 am

Invitado, te contesto lo mismo que a Top Secre. Tienes toda la razón. En puridad el SJ siempre debería acudir a los reconocimientos judiciales de presuntos incapaces e internos. Eso es algo evidente, con la Ley en la mano. Y debería hacerse tal cual ha expuesto tan gráfica y brillantemente Maricarmen. Pero insisto, cuando minutas una media de 50 expedientes diarios, incluyendo decretos de adjudicación, recursos, costas y dinero, si el Juez tiene dos dedos de frente, lo normal es que te comente que no es necesario que vayas, lo cual es de agradecer. Si voluntariamente, y en cumplimiento de tus obligaciones quieres ir, perfecto.

Conquense, yo alucino por otras muchas cosas. Cuando hablas de delegar, supongo que te refieres a levantar un cadáver, porque delegar en el forense el reconocimiento de un interno o un presunto incapaz, eso sí es grave.

Ya que estamos quisquillosos, planteo la siguiente cuestión: ¿Qué hacéis en los supuestos en que ya habiéndose acordado mediante auto el internamiento, y deba decidirse la continuación del internamiento previo informe de los médicos de la residencia, el Juez se empeña en practicar nuevo reconocimiento?? ¿¿O cuando se produce cambio de juez o se trata de la continuación de internamiento del que conoces por motivo de inhibición??

Re: Incapacitaciones e internamientos

por conquense » Lun 27 May 2013 2:35 am

Me he quedado alucinado con lo que estoy leyendo en este tema del foro. Desde cuándo un JUEZ puede realizar sólo una DILIGENCIA?, vamos no lo he visto eso regulado en la LEC ni en la criminal. Y más en un tema como este dónde se va a un Hospital, a ver a un paciente internado no voluntariamente: DEBEMOS IR CON JUEZ Y FORENSE.... y punto. Esto es muy grave. Otra cosa es que en el Juzgado no estéis presentes en declaraciones por falta de tiempo, pero que fuera del juzgado vaya el Juez sólo y el forense. Es como si a un levantamiento NO VAIS y va sólo el Juez y el forense.
SE DEBE LEVANTAR ACTA de la visita el hospital, del reconocimiento del interno y firmarla...VAMOS ES QUE ESO ES LO QUE HAY QUE HACER y si no se hace, estáis dejando de hacer vuestro trabajo, en una diilgencia que considero importante en este tipo de procedimientos. Otra cosa es que algunos jueces deleguen en el forense la visita y no vaya él, pero entonces es cuando no debemos ir nosotros... si va forense sólo por encargo del Juez, pues bien, pero si va JUEZ Y FORENSE..debe ir Secretario y levantar el correspondiente acta.
Yo es que alucino los razonamientos que he leído para no ir y así, seguro que dentro de poco, por los mismos razonamientos dejaremos de hacer funciones o el resto de nuestras funciones y ello llevará a que NOSOTROS MISMOS ACABEMOS CON NUESTRO CUERPO SUPERIOR JURÍDICO.

Re: Incapacitaciones e internamientos

por Invitado » Lun 27 May 2013 1:02 am

Pues, en los siguientes arts, hay razones para considerar que debe hacerse con presencia e inmediación del Secretario Judicial, como dice Maricarmen. Especdialmente en el art. 358 LEC, en el acta de reconocimiento judicial, sea de personas o de lugares deben recogerse las impresiones del Juez sobre lo que es objeto de examen, en relación con los arts. 1, 137, 145, 146, 147, 289 LEC.

No entiendo como los propios Secretarios judiciales trivializan (o permiten que otros trivialicen o hagan prescindibles) las funciones legales que le son propias y exclusivas.

Incumplimientos que por otro lado suponen la nulidad de lo actuado (137, 204, y 225.5º LEC). ¿Será porque nadie pide nulidades por tal motivo?

¿Perder el tiempo o cumplir el principiode legalidad, en todo caso -art. 452 LOP-?

El propio legislador, no tiene conciencia de que estemos saturados, superados y desbordados, debería condensar en qué actuaciones relevantes es imprescindible la fe pública y en cuales no, descargándonos de ellas, pero avocarnos al delito de falsedad documental "para llegar". No recuerdo que esté entre las eximentes completas.

¿Que las necesidades del servicio impiden cumplir tus funciones con respeto de la ley procesal es una eximente?

Si el hilo siempre se rompe por nuestro lado, olvidaros de cambiar a mejor nuestro estatus quo. Al contrario se irá deteriorando día a día.

Si no nos respetamos a nostros mismos ¿A quien le vamos a importar?

Re: Incapacitaciones e internamientos

por Top Secre » Sab 25 May 2013 6:57 pm

Buenas tardes a todos.

La verdad es que el tema genérico y redundante de "¿ por qué no paran de asignar funciones presenciales al SJ cuando es evidente que no es posible hasta que no se nos dote del don de la ubicuidad?" daría para escribir un hilo interminable en este foro.

Este tema de las incapacitaciones e internamientos es un claro ejemplo de muchas cosas.

Primero, el legislador no resuelve acertadamente muchas cosas de forma yo creo que deliberada. Para otras cosas le falta tiempo para hacer algo tan sencillo como decir en un artículo "el Tribunal dictará auto" o "El Secretario ( se suelen olvidar de nuestro apellido: Judicial) mediante Decreto".
Pero para otras cositas que no están tan claras se descuelgan con artículos como los citados y luego ya cada quien que se lo monte como pueda/quiera/considere/o le dejen.
Luego nos extrañamos de que juzgados que sólo distan unos pasos en el mismo edificio y misma planta hagan las cosas de forma diametralmente opuesta. En Justicia falta seguridad jurídica en la ley y protocolos de funcionamiento en la práctica de manera escandalosa.

Segundo, por eso yo creo que en España hay tantos modelos de SJ como SJ somos. Es que no hay dos que hagan lo mismo ni por asomo. Tampoco tenemos que ser robots y no dejar espacio a la creatividad y a la autonomía e independencia, pero en temas como estos me parece que tendría que haber un poco más de uniformidad. No es normal que en el mismo edificio uno no vaya nunca, otro siempre, un tercero según el día que tenga y un cuarto pues depende de su estómago porque se marea mucho en el taxi y a veces el Juez insiste y no le queda otra y otras le da pena y se queda en el despacho.

Tercero, como no podemos hacer todo, nos toca elegir. En este caso entre la horquilla de lo que dice Maricarmen (rigor y ley llevada a la práctica de forma literal) y ni enterarse del procedimiento hay muchas variantes, y cada uno es perfectamente libre para elegir y hacer lo que considere conveniente.
Yo sólo pretendía hacer una reflexión sobre un par de cosas: no tiene sentido hacer al SJ perder un tiempo precioso en eso, esta fe publica que damos no hay quien la entienda porque nunca es la misma, es lamentable que esto tenga que depender de conversaciones e incluso discusiones entre Juez y SJ y más lamentable es que la ley no diga las cositas de trámite procesal evidentes bien dichas.

Yo estoy con newzel y montsebcn : es una pérdida de tiempo ir, y si se habla con el Juez y se llega al acuerdo de no ir, perfecto porque eso significa que se han elegido cosas de más enjundia para hacer en una jornada de tiempo que en un mixto siempre se queda corta. Pero también estoy con Maricarmen, si al final se va, hay que hacerlo así, levantando un acta como Dios manda y haciendo constar todo lo que se ve, se oye, se percibe y se hace.

Por último una especie de anécdota: el año pasado hubo inspección en varios de los Juzgados de mi partido. Independientemente de que se hiciera o se dejara de hacer determinada cosa, todos los compañeros inspeccionados cerraron filas y a las preguntas de rigor al SJ "¿asiste usted a los apoderamientos apud acta?" "¿está usted presente en las declaraciones de imputados? " etc. la respuesta siempre era la misma "cuando las necesidades del servicio lo permiten, sí" "cuando las necesidades del servicio lo permiten, sí" Eso a la inspección le vale, sólo te dice que "procures estar" . Así que visto lo visto me parece fabuloso que si el legislador no es riguroso y la inspección se da por satisfecha con que hagas lo que puedas, no se asista a las incapacidades e internamientos por quedarse en el despacho resolviendo.

Ánimo Montse, espero que te recuperes pronto y gracias New por tus palabras. :abracito:

Re: Incapacitaciones e internamientos

por Maricarmen » Sab 25 May 2013 3:54 am

yo siempre fui a los internamientos y reconocimientos a domicilio de los presuntos incapaces,, ahora como existe un juzgado de familia , va la secretario del juzgado de familia, pero en los puentes festivos si he tenido que ir alguna vez en sustitucion del juzgado de familia.
siempre he redactado el acta, haciendo constar que nos constituiamos en tal lugar, y lo relataba como en las actas de entrada y registro y hacia constar lo que yo observaba sobre el lugar y estado fisico del paciente, asi como si las enfermeras o el medico manifestaban si estaba medicado o no , o algo parecido, y luego describia como se encontraba, si en cama en posicion de cubito prono o si sentando apoyado en almohadas o si asistido por oxigeno etc.
Hacia constar si estaba consciente o no, y si atendia a las preguntas del juez y luego hacia contar lo que el juez preguntaba y si tenia o no contestacion por el paciente.
Ademas desde hace años, hacia constar en caso de que estuviese consciente de que yo secretario judicial le informaba de la incoacion del expediente y que si a su derecho conviene podia comparecer en autos con asistencia letrada y representacion procesal y que podia interesar el nombramiento de un abogado de oficio, y luego ponia si quedaba enterado y manifestaba algo, o si no daba muestras de haber comprendido la informacion.
Esto siempre le sorprendia a los jueces sustitutos, y yo les decia que la informacion era mi obligacion y que la descripcion de la situacion en que se practicaba se hacia constar ene l acta porque formaban parte de la fe publica .
Y es que durante muchos años estaban acostumbrados a que el secretario judicial fuese de mero escribiente y para ello se lleva a un funcionario de tramitacion y punto.

Re: Incapacitaciones e internamientos

por Terminatrix » Sab 25 May 2013 12:04 am

Montse, subo a GUIAS, hilo de modelos, un modelete de acta de reconocimiento con forense. De no ir el forense, que hay ocasiones en que prefieren ir solos y no con el juez, suprimes su intervención.
Ah, espero que no tengas que utilizarlo :wink:

Re: Incapacitaciones e internamientos

por newzel » Sab 25 May 2013 12:04 am

Hola a dos de mis foreras preferidas :P

Top Secre, si tienes toda la razón. Lo que pasa es que si se sigue la ley a rajatabla, y no olvidemos que montsebcn está en mixto, los SJ deberíamos estar presentes en todas las declaraciones de imputados, testigos y perjudicados, exploraciones de internos, menores y presuntos incapaces, actuaciones de exhorto y videoconferencia, comparecencias apud actas, testimonios, certificaciones, e incluso en las autopsias (así lo recoge el Reglamento del Registro Civil), lo cual resulta humanamente imposible.

Hasta lo que yo conozco, los SJ no iban a los internamientos, de igual forma que no estaban presentes en las exploraciones de lesionados realizadas por el Medico Forense. Y por muy legal que sea, resulta contrario al sentido común exigir la presencia del SJ, en esos casos salvo supuestos excepcionales. Ello me recuerda a las charlas que tenía con un funcionario peleón que, cuando se me cabreaba, me decía que no escribía ninguna declaración de testigo, perjudicado o imputado, si el SJ no estaba presente, y que si me negaba, lo comunicaría a su sindicato

Re: Incapacitaciones e internamientos

por montsebcn » Vie 24 May 2013 10:42 pm

Hola Top Secre

La verdad es que razones legales ni jurisprudenciales para no ir es cierto que no hay.
Gracias
Un saludo.

Re: Incapacitaciones e internamientos

por Top Secre » Vie 24 May 2013 7:30 pm

Pues permitidme discrepar.

Artículo 759 "Pruebas y audiencias preceptivas en los procesos de incapacitación

1. En los procesos de incapacitación, además de las pruebas que se practiquen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 752, el tribunal oirá a los parientes más próximos del presunto incapaz, examinará a éste por sí mismo y acordará los dictámenes periciales necesarios o pertinentes en relación con las pretensiones de la demanda y demás medidas previstas por las leyes. Nunca se decidirá sobre la incapacitación sin previo dictamen pericial médico, acordado por el tribunal."


Artículo 763.3. "Antes de conceder la autorización o de ratificar el internamiento que ya se ha efectuado, el tribunal oirá a la persona afectada por la decisión, al Ministerio Fiscal y a cualquier otra persona cuya comparecencia estime conveniente o le sea solicitada por el afectado por la medida. Además, y sin perjuicio de que pueda practicar cualquier otra prueba que estime relevante para el caso, el tribunal deberá examinar por sí mismo a la persona de cuyo internamiento se trate y oír el dictamen de un facultativo por él designado. En todas las actuaciones, la persona afectada por la medida de internamiento podrá disponer de representación y defensa en los términos señalados en el artículo 758 de la presente Ley.En todo caso, la decisión que el tribunal adopte en relación con el internamiento será susceptible de recurso de apelación."

Una Ley del año 2000 nunca debió permitirse regular esto de manera tan poco rigurosa. No dice nada sobre que el SJ tenga que estar allí, pero para mí es evidente que así tiene que ser. Es una diligencia judicial, una especie de reconocimiento judicial que necesita una constancia documental en autos, cosa que sólo puede hacerse mediante el acta del SJ, que no sólo está ahí documentando la actuación judicial en cuestión y materializando las normas esenciales del procedimiento sin las cuales el acto es nulo sino que además está formando el material probatorio necesario para que el Juez tome la decisión.

Otra cosa es que en determinados casos pueda hacerse comparecer a la persona ante el Órgano Judicial y grabar su declaración, pero como no suele ser posible pues creo que es necesario ver al incapaz el Juez para hacerse cabal idea de si sabe gobernarse por sí mismo y tomar la decisión adecuada, el médico forense para aportar el informe correspondiente y el SJ levantando acta del reconocimiento. Para mí esto es meridianamente claro y más en los internamientos, medidas cautelares en las que hay que extremar las formalidades.

¿Que es una pérdida de tiempo impresionante? sí. ¿Qué según el Juzgado donde estemos, la opinión del Juez y del SJ, el acuerdo a que se pueda llegar pueda relevar al SJ de ir si él está conforme? sí. ¿Que en cada Juzgado se hace una cosa distinta? sí.

Pero creo que lo suyo es ir, levantar acta y cumplir nuestras funciones. Mientras esta ley no sea un poco más precisa y tengamos la obligación de levantar acta ( con medios audiovisuales o con boli y papel) de todo lo que pase en el Juzgado o fuera de él, las cosas son así.

Repito que es una incomodidad y un anacronismo de la Ley que se da de tortas con las nuevas tecnologías y con todo lo que tenemos que hacer, pero me encantaría que me diérais razones legales y jurisprudenciales para no ir.

Re: incapacitaciones e internamientos

por montsebcn » Vie 24 May 2013 12:58 pm

Gracias newzel por tu rápida respuesta

Es justo lo que yo pensaba, yo también pienso que es un trabajo añadido aparte del que ya tenemos


Un abrazo

Re: incapacitaciones e internamientos

por newzel » Vie 24 May 2013 12:39 pm

Hola montsebcn! :wink:
Depende del juez en cuestión. En el partido donde estaba yo destinado, sólo acudía una SJ, y porque le molaba ir a las residencias. Los demás no acudíamos porque los jueces preferían que los SJ se quedasen minutando el civil y cuidando de la Oficina Judicial.

En aquellos partidos en que había jueces cabroncetes, sé que los SJ celebraron junta a fin de no acudir a los internamientos. Y ahí se quedó el tema. Acudir a los internemientos es una pérdida de tiempo y una chorrada impresionante. Con el Juez y el Forense es más que suficiente

PD: espero que estés mejor y que te reincorpores muy pronto.
PD1: no le endoses ningún novio a tu jueza que al pobre chico le dará un patatús

Incapacitaciones e internamientos

por montsebcn » Vie 24 May 2013 12:33 pm

Hola a todos,
Me gustaría saber si los compañeros que están o han estado en un mixto , acompañan al Juez y al forense a relizar las incapacidades en residencias y los internamientos no voluntarios ,o si el juez les dispensa aunque ya me imagino que la respuesta es que sí, me gustaría saber que haceis vosotros y sobretodo que poneis en el acta porque no se bien bien qué poner .
Un saludo.

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