Cesión crédito EJH. Retracto arrendaticio e impugnación costas.

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Expandir vista Revisión de tema: Cesión crédito EJH. Retracto arrendaticio e impugnación costas.

Re: Cesión crédito EJH. Retracto arrendaticio e impugnación costas.

por Luis » Vie 15 Mar 2019 12:51 am

Hola a todos,
Primero que nada entiendo que el arrendatario está personado, no? Creo que no se dice nada en la formulación de la pregunta. Dando por hecho que sí, yo admitiría impugnación, ya que, aunque la ley no dice nada expresamente y genere dudas esa legitimación, el arrendatario es parte muuuyyy afectada, por lo que prefiero no cerrar la vía a la tutela judicial que pretende, al menos de primeras, luego veré cómo contesta a esa impugnación el impugnado y si hace alusión a esa “supuesta” falta de legitimación y cómo la argumenta.
En cuanto al fondo, tal y como dice civilist@, la cesión supone una sucesión procesal a todos los efectos. No existen sucesiones procesales “condicionadas” ni “parciales”, y ello con independencia de los pactos que se contengan en la cesión, que quizás puedan ser hechos valer por otra vía o con otra acción, pero no aquí. Un saludo.

Re: Cesión crédito EJH. Retracto arrendaticio e impugnación costas.

por CIVILIST@ » Jue 14 Mar 2019 11:44 pm

Tasador. escribió: Lun 10 Sep 2018 11:04 am Ló único que no veo claro es lo de acudir al declarativo posterior. Al tratarse de una adjudicación en subasta, el arrendatario se adjudicaría el bien preferentemente abonándole al actor el total adeudado, por lo que creo que sí que voy a admitirle la legitimación. :gracias:
Ojo con lo de acordar el tanto o retracto directamente en la ejecución: ver lo que se indica en la resolución que cito en este hilo
viewtopic.php?f=18&t=11854&p=86997&hili ... rio#p86997
la decisión adoptada por el tribunal A QUO, en relación con dicha petición, en el Decreto de fecha 21 de abril de 2014 -que, en definitiva, es el objeto de impugnación en esta alzada- resulta total y absolutamente improcedente, por cuanto la cuestión suscitada excedía el objeto del proceso de ejecución y no podía ser resuelta por el tribunal -y menos por el Secretario Judicial- que carecía de la oportuna competencia objetiva y funcional.“

Re: Cesión crédito EJH. Retracto arrendaticio e impugnación costas.

por Tasador. » Lun 10 Sep 2018 11:04 am

Muchisimas gracias, CIVILIST@. Me has sido de gran ayuda.

Ló único que no veo claro es lo de acudir al declarativo posterior. Al tratarse de una adjudicación en subasta, el arrendatario se adjudicaría el bien preferentemente abonándole al actor el total adeudado, por lo que creo que sí que voy a admitirle la legitimación. :gracias:

Re: Cesión crédito EJH. Retracto arrendaticio e impugnación costas.

por CIVILIST@ » Dom 09 Sep 2018 8:10 pm

Desde luego es un supuesto poco habitual, que en realidad presenta dos cuestiones sucesivas:
a) Legitimación del arrendatario para poder impugnar la tasación de costas. Es sin duda la cuestión más dudosa. Me recuerda en cierta medida a la discusión que existe sobre si el postor está o no legitimado para recurrir las resoluciones que se dictan en el procedimiento tras su intervención, por ejemplo frente al decreto del 670.4 in fine de la LEC que deniega la adjudicación a su favor, cuestión que se ha tratado en algún hilo del foro, aunque la posición mayoritaria se inclina por reconocerle esa legitimación. Pero en el caso del arrendatario es más dudoso, y encima para el trámite de impugnación de costas, que como bien dice Macarga es una cuestión que en principio solo competente a ejecutante y ejecutado. Desde luego la vía más sencilla para quitarse el problema de encima sería invocar el artículo 698.1 LEC cuando señala: "1. Cualquier reclamación que el deudor, el tercer poseedor y cualquier interesado puedan formular y que no se halle comprendida en los artículos anteriores, incluso las que versen sobre nulidad del título o sobre el vencimiento, certeza, extinción o cuantía de la deuda, se ventilarán en el juicio que corresponda, sin producir nunca el efecto de suspender ni entorpecer el procedimiento que se establece en el presente capítulo.".
Pero no deja de ser cierto que el interés legítimo y directo del arrendatario en ese caso concreto es evidente, porque el precio que se fije en la tasación de costas repercutirá directamente en el importe que deberá abonar para hacer valer su derecho de retracto. ¿Podrá discutir dicha cuestión posteriormente cuando acuda a la vía que corresponda para ejercitar ese derecho de retracto (que entiendo será un ordinario))?. Uff, muy complicado. Ese es el riesgo, que se diga que es una resolución firme. Por eso, ante la duda me inclinaría por reconocerle excepcionalmente la legitimación en dicho trámite de impugnación. Pero ya digo, no está nada claro.

b) Respecto a la cuestión de fondo, aunque se le reconociera esa legitimación para intervenir en el procedimiento, considero que no tiene razón y que habría que desestimar la impugnación. Porque cuando se cede el crédito es en su integridad, por todos los conceptos. El cesionario tiene derecho a reclamar todas las costas del procedimiento cualquiera que sea el momento en que se persone, porque pasa a ocupar idéntica posición que el cedente, pudiendo reclamar todos los conceptos que resten por abonar: principal, intereses o costas. La cesión es en bloque, no tiene por qué indicarse que se adquiere tanto por principal, intereses o costas, sino tan solo el precio que se paga. La cláusula que indicas, que las costas serán a cargo del cedente, no tiene ese sentido, sino que entiendo que viene referida al propio contrato entre cedente y cesionario, que es una cuestión totalmente distinta.
Por lo tanto y en conclusión: tienes la vía rápida de no reconocer legitimación al arrendatario para ese trámite al amparo del 698.1 LEC. Pero si no obstante ello entras en el fondo, considero que debe desestimarse su impugnación por las razones que indicaba, el cesionario tiene derecho a cobrar todas las costas del procedimiento, no sólo aquellas generadas desde su personación en el procedimiento.
De todas formas, a ver qué opinan otros foreros, porque el tema está abierto a variadas interpretaciones.

Re: Cesión crédito hipotecario. Impugnación costas.

por Terminatrix » Dom 09 Sep 2018 10:53 am

También lo veo así, a falta de mejor opinión.
Por muy personado que esté, no tiene ni interés legítimo: a él lo único que le afecta es tener su arrendamiento inscrito y estar al corriente del pago de las rentas.

Me autoedito y retitulo tu mensaje, dado que hablas de retracto arrendaticio. Ahí ya sí que me surgen dudas.
A ver qué opinan los civilistas en general, y CIVILIST@ en particular. :mrgreen:

Re: Cesión crédito hipotecario. Impugnación costas.

por macarga » Vie 07 Sep 2018 6:40 am

el arrendatario, aunque estuviese personado en el proceso, cosa que no aclaras, en cuestión de costas nada tiene que ver. las costas es una cuestión entre litigantes, comúnmente entre vencedor y vencido.(demandante, demandado, tercer poseedor)

Cesión crédito EJH. Retracto arrendaticio e impugnación costas.

por Tasador » Jue 06 Sep 2018 11:21 am

Buenos días.
Tengo una impugnación de costas por indebidas en una EJH.:

Hubo una cesión del crédito y en uno de los pactos se estipuló que las costas serían a cargo del cedente. Si vamos al desglose del precio de cesión, vemos que no se abonó nada por costas al acreedor cedente.

Me dicen que sólo serían debidas las costas posteriores a la cesión.

El impugnante es el arrendatario del inmueble subastado y quiere ejercer derecho de retracto. ¿Tiene legitimación para impugnar? ya sólo por este motivo estoy pensando en desestimar.

Opiniones, porfa. :gracias:

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