Contienda cálculo intereses en declarativo

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Re: Contienda cálculo intereses en declarativo

por darabia » Vie 08 Mar 2019 2:21 pm

Resolver tiene que resolver, pero en el tramite de ejecución del 712 que es donde procede. Y ya te digo que en una inspección nos lo recalcaron

Re: Contienda cálculo intereses en declarativo

por LUIS » Vie 08 Mar 2019 1:32 pm

Entiendo, Darabia. Gracias por la aportación. Entiendo menos la posición de tu juez. Es obvio que hay un conflicto entre partes que tendrá que resolver, de una manera u otra, o bien por el incidente del 712 Lec en el declarativo o en la ejecución posterior. Pero, claro, si se pone purista, puede que no lo quiera hacer en el declarativo. En fin, lo q está claro, es q nuestro trabajo está estrechamente interrelacionado y estas cosas tienen que hablarse.

Re: Contienda cálculo intereses en declarativo

por darabia » Vie 08 Mar 2019 10:48 am

El problema es que otra opción no tiene encaje legal. Cuando se impone en la sentencia el pago de unos intereses es un pronunciamiento más de la misma, del mismo modo que si impone la obligación de pagar una indemnización o hacer una reparación. La falta de cumplimiento voluntario por parte del condenado, faculta al demandante a instar la correspondiente ejecución, la única peculiaridad es la necesidad de liquidación que tiene frente a otros pronunciamientos de condena que consisten en una cantidad de dinero líquida. Así que hay que darle el mismo tratamiento en caso de incumplimiento que cualquier otro pronunciamiento de condena.
No debes olvidar que no es imprescindible hacer una liquidación del art 712. La situación normal debería ser que el condenado hiciera sus propios cálculos y pagase a demandante la cantidad correspondiente, o bien que extrajudicialmente ambas partes acordasen a cuanto asciende esa cantidad y se pagase. Solo en caso de que la parte condenada mostrase una voluntad obstativa a cumplir o cuando la cantidad entregada a juicio del demandante no fuera correcta, debería llegarse a fase de ejecución. De hecho, al menos en mi juzgado suele ser la situación normal, la aseguradora consigna principal e intereses, yo expido mandamiento en favor del demandante y se acabó el asunto.
En todo caso y teniendo que llegar a la ejecución, el demandante tiene derecho a las costas de la ejecución.

Ahora bien, hay juzgados que abren pieza de liquidación de intereses en el declarativo, allá cada uno, pero si lo haces hablalo con el Juez/Magistrado de tu Juzgado, porque la mía al menos se negaría a resolver el incidente en caso de oposición puesto que no es un trámite previsto por la ley para el procedimiento declarativo.

Re: Contienda cálculo intereses en declarativo

por LUIS » Jue 07 Mar 2019 7:02 pm

Gracias por tu respuesta, Darabia. Yo empecé a hacer lo mismo que tu comañero y ante la avalancha de quejas, desistí. De momento.

En cuanto a lo de ir directo a ejecución, seguro q procesakmente es lo más correcto, pero no m acaba de convencer aquéllo de obligar a litigar nuevamente a la parte (con los inconvenientes y la carga económica q eso le genera). Y ello, teniendo en cuenta q, esa parte, en muchas ocasiones, es un ciudadano de a pie frente a un banco o a una aseguradora. No sé, me pongo en su lugar, y es una faena. Me gustaría atemperar la “solución”

Re: Contienda cálculo intereses en declarativo

por darabia » Jue 07 Mar 2019 10:56 am

Para mi no hay duda, si la parte demandante no está conforme con lo que le ha pagado la demandada deberá instar la correspondiente ejecución. Yo no entro en esos traslados, el cumplimiento de la condena se da por supuesto que debería ser extrajudicial y solo judicializarse los supuestos de incumplimiento. El declarativo termina con la sentencia y todo caso cabe abrir TC, pero nada más. Yo si consignan entrego, pero nada más (mi compañero del despacho de al lado ni siquiera eso, le devuelve el dinero al demandado y le dice que solo cabe consignación judicial en los supuesto previstos en la LJV y con la presentación de la preceptiva demanda). Todos esos escritos sobre si están de acuerdo o no con lo consignado, los despacho con un recordatorio a la parte demandante de que si considera que no se ha cumplido el fallo deberá instar la correspondiente ejecución.
Es mas en una inspección del TSJ nos recordaron que el declarativo se acaba con la sentencia y punto, que nada más hay que resolverse en ese procedimiento.

Contienda cálculo intereses en declarativo

por LUIS » Mié 06 Mar 2019 2:12 pm

Buenos días,

Hay una situación que se me plantea con bastante frecuencia, que no está bien resuelta en la ley y con la que no acabo de adoptar un criterio que me satisfaga. Me gustaria saber como lo resolvéis el resto. Se trata de los casos en los que la sentencia condena a una cantidad líquida más intereses. La condenada consigna pero la demandada no está de acuerdo con el cálculo de intereses que ha hecho la consignante y por tanto con el importe de la consignación. Y ya está el lío. Traslados y traslados.

Entiendo que con la ley en la mano el trámite sería el del 712 y siguientes, pero solo está previsto para la ejecución, y en este punto nos encontramos en un declarativo. Y además, obligar al demandado a utilizar la vía ejecutiva para liquidar unos intereses después de "tragarse" un declarativo es como dificultar mucho las cosas.

¿cómo tratáis vosotros estos conflictos, que en mi opinión, quedan en una especie de "limbo" entre la fase declarativa y de ejecución?
Molaría encontrar la solución más pràctica y fácil para todos los que estamos implicados.

Gracias de antemano. Un saludo.

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