Toma de posesión ante Notario

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Re: Toma de posesión ante Notario

por Mininota » Jue 18 Jul 2019 11:53 am

Queridos compañeros, muchas gracias.
¡A todos!
A los que me habéis orientado con vuestras visiones del problema, por eso mismo. Me ayudáis (mucho), y me dais argumentos y soluciones de los que carecía.
Ahora… gracias en particular a “soy nueva”.
Lo primero, porque me has hecho reír, y eso siempre se agradece en estos tiempos.
Lo segundo, porque me tratas de milennial de la LOGSE, a mí, que nací allá por los cincuenta… ¡vamos, que me rejuveneces! (Gracias especiales).
Lo tercero, porque me has hecho recordar tiempos por desgracia ya muy idos; me refiero a 1980, donde vestí toga por vez primera (por cierto, como Abogado del Estado; sí, tengo dos oposiciones, la de Letrado de DGRN- que tanto valoras y tan difícil ciertamente era-, esa no la tengo, ¡ay misero de mí, ay infelice!. Pero da igual; porque luego a estos Letrados los integraron en el Cuerpo de Abogados del Estado, donde siguen; y todos fuimos y somos compañeros, y nos llevamos bien, y nos respetamos… como suele ser la norma entre Cuerpos de juristas). Tiempos de educación exquisita, de respeto mutuo, de máxima consideración….
Aunque esos tiempos que recuerdo no se han ido del todo; veo con satisfacción que son muchos los compañeros “de la vieja escuela” (con independencia de su edad) que continúan en la línea tradicional. Compañeros que no confunden la buena educación y el respeto con “hacer la rosca”. Magnífico. Así da gusto.
Podría entrar en debate sobre ciertas cosas que dices; pero verás, a mí en el Derecho me gusta hacer lo mismo que hacemos en el boxeo. Si el rival tiene un nivel muy inferior, se le enseña (si quiere aprender) o se le deja tranquilo (si no quiere). Pero nunca se le pega... :wink:
Saludos a todos.

Re: Toma de posesión ante Notario

por Soy nueva: ¡jiji! » Mié 17 Jul 2019 5:46 pm

Administrador escribió: Mié 17 Jul 2019 9:10 am Para "soy nueva: ¡jiji!"

Este foro pretende ser un espacio de comunicación para el Cuerpo, formado por tantas sensibilidades y opiniones como integrantes. Incluso va un poco más allá, es un espacio abierto a cuantos profesionales del Derecho quieran hacer sus aportaciones, entendidas desde el respeto al otro.

Basta echar un vistazo a tu perfil e historial para determinar cuál es tu "sensibilidad", son conocidas tus ironías, sarcasmos y comentarios mordaces no ya sobre determinadas ideas sino sobre otros contertulios, casi siempre rozando el límite de lo admisible. Esto se te ha admitido en el foro General, lugar destinado a los debates de ideas y noticias sobre el Cuerpo.

Pero no se te permitirá en el foro de Consultas donde quien pregunta necesita ayuda. Si no eres capaz de responder a una consulta técnica sin aprovechar para cargar contra otros contertulios, abstente de comentar.

Considera este mensaje como un primer aviso.
Jrasias, seño. A Dios pongo por testigo que yo me precio de respetar todas las sensibilidades, hasta las más cursilonas, valga la redundancia. Y, esto aún más, las agrestes opinaciones de la siempre estimable plebe jurídico-frumentaria, agora en trance de tornarse fiero pueblo soberano. Faltaría más.

Es que he visto tal sarta de palabrillas de introducción, melindrosas hasta la náusea, y cómo esta notaria se refería a las leyes vigentes en n u e s t r o (aquí sí) Reino de España como si patrimonio privativo de uno u otro cuerpo fuesen, cual dos cotos de caza privados que nadie más ha de osar hollar con sus sucios pieses, que me he ofuscado y he confundido el tintero de tinta roja de cólera con el corriente de formal tinta negra. ¯\_(ツ)_/¯

El malestar en el gremio, soberbio spleen profesional, en combinación con el sol del levante, ha dañado mis meninges hasta el punto de que, por un instante, creí entender que tan gentil y modesta dama pretendía que los primitos probes le rellenásemos sus cuadernillos Santillana en plena canícula, mientras ella se pegaba en buen chapuzón.

Ahora veo mi error y reconvengo. Ofrezco, como mejor proceda en Derecho, regias disculpas: "losientomuchomeheequivocadonovolveráasuceder". :NegroJuzgado:

¿Qué tal er verano? ¿Hacen unas clenchis? :babeando:

Re: Toma de posesión ante Notario

por Administrador » Mié 17 Jul 2019 9:10 am

Para "soy nueva: ¡jiji!"

Este foro pretende ser un espacio de comunicación para el Cuerpo, formado por tantas sensibilidades y opiniones como integrantes. Incluso va un poco más allá, es un espacio abierto a cuantos profesionales del Derecho quieran hacer sus aportaciones, entendidas desde el respeto al otro.

Basta echar un vistazo a tu perfil e historial para determinar cuál es tu "sensibilidad", son conocidas tus ironías, sarcasmos y comentarios mordaces no ya sobre determinadas ideas sino sobre otros contertulios, casi siempre rozando el límite de lo admisible. Esto se te ha admitido en el foro General, lugar destinado a los debates de ideas y noticias sobre el Cuerpo.

Pero no se te permitirá en el foro de Consultas donde quien pregunta necesita ayuda. Si no eres capaz de responder a una consulta técnica sin aprovechar para cargar contra otros contertulios, abstente de comentar.

Considera este mensaje como un primer aviso.

Re: Toma de posesión ante Notario

por Soy nueva: ¡jiji! » Mié 17 Jul 2019 8:26 am

"Nosotros", "nuestra normativa", "corral ajeno", "usurpador", "vuestro Poder", "competencias ajenas", "los conocéis mejor que yo", "¿qué sé yo?", "otra faceta de la fe pública", etc.

Madre del amor hermoso: ¡los millennials de la LOGSE ya son notarios! :doa2:

Si esto no es una mierda gremial en forma de comentario, no sé qué lo será... ¡Vivan los Cuerpos!

____________

Entrando en el fondo: vaya al piso, levante el acta de notoriedad diciendo lo que ve, no se le ocurra pisar dentro ¡y ponga la mano para cobrar otra escritura para el abultado protocolo! Todo en unidad de acto (siguiendo al eximio civilista ARISTÓTELES), que no de acción.

En suma: escuche a Valiña. Incluso puede afiliarse al SJSJ y quizá acaso mañana nos hagan notarios, como nos llaman tan galantemente en Francia, junto con un adjetivo menor. Ojalá un SNSJ... :mrgreen:

Pero no nos haga la rosca, por favor, que aquí estamos bien jodidos. Las consultas a Antonio Pau, a García García y a Don Jerónimo González. Esa sí que era una oposición de verdad, por cierto: la de letrado de la DGRN. Por eso se encargaron de extinguirla.

Aquí no sabemos Derecho, y menos del notarial, que no es "nuestra" normativa. Somos gestorcillos con toga, lo que aquí llaman "funcionarios".

No moleste, Notas. :twisted:

Re: Toma de posesión ante Notario

por girasol » Mié 17 Jul 2019 12:18 am

Hola a todos,
Me imagino que el " truco" de los bancos está en ahorrarse poner el precario o la recuperción de la posesión correspondiente cuando han obetnido la adjudicación de un inmueble y les ha transcurrido el plazo de un año para pedir la posesión del art 575 LEC , en los casos en se ha metido alguien distinto al ejecutado en el inmueble...
Hace poco leí un artículo que hablaba de una empresa que se dedicaba a " recuperar la posesión" al margen de los juzgados, que somos lentos , pesados y garantistas....me dejó muy alucinada. Supongo que la gente , bancos y no bancos buscan formas de evitar los juzgados...
Puede que acudir a un notario sea otra vía rápida cuando quieren vender o alquilar inmuebles ocupados por personas sin título...o que saben que están desocupados ( al menos en el momento de ir)...
No sé, es una opinión. En este trabajo la realidad supera a la ficción.....

Re: Toma de posesión ante Notario

por Carlos Valiña » Sab 13 Jul 2019 5:45 pm

El caso es que la clave del asunto a mi entender, no esta en lo que determina nuestra normativa para nosotros, sino en lo que determina la normativa tuya para ti.

Yo tuve follon con un Juez Decano que se negaba a firmar los autos acordando entrar en las viviendas para poner en posesion de la misma al adjudicatario en el juzgado, al principio hice uno o dos, por el sistema de quedarme en la puerta y reflejar que no entrabamos y que el procurador decia que el piso estaba asi y asa, y luego como eso no me pareciera bien, opte por no realizar ninguno, comunicar al juzgado de mi ciudad o de fuera que no se podian hacer porque no habia mandamiento y esperar acontecimientos, informando al TSJ del volumen de exhortos y diligencias que se acumulaban sin ejecutar. Cerca de los seis meses el Decano no resistio el pulso y dimitio, y el siguiente Decano firmo todo lo pendiente y se soluciono.

Por lo tanto lo que yo tengo claro es que la linea de la puerta no la cruzo, y en cuanto a decir que la cruza el procurador sin mandamiento alla el bajo su responsabilidad y en casas abandonadas y tal pues tiene un pase, pero aun asi no me parecio prudente ni serio y solo lo hice en alguna ocasion.

En tu caso lo importante es que dice tu normativa. Si no encuentras nada que te avale para entrar y demas, es decir un procedimiento de ejecucion atribuido al notario que te de esa facultad, cosa que dudo mucho suceda, lo normal es que te quedes fuera, porque esto normalmente no va a pasar nunca nada, pero si alguien pone una denuncia, y de esto se un rato, las cosas se van a poner a reglamento y de nada te va a servir todo lo que alegues, la torta penal va a ser monumental.

Yo entiendo el mosqueo que produce que otros compañeros se anoten mas numeros y ganen incluso clientes prestandose a cosas que no estan bien, pero se que no es lo habitual, y que en cuanto se os encomiendan potestades publicas teneis vosotros tambien una posicion de garantes que defender.

En tu caso ir alli y decir que entran y demas, probablemente aunque les hicieras las advertencias legales y dejaras constancias de ello te valdria un palo si te denuncian.

Una opcion de menos riesgo es preparar un modelito de acta que dice, comparece en mi despacho el procurador fulano o el bancario mengano y me manifiesta que con esta fecha ha entrado en la vivienda la que se encuentra asi y asa segun fotos adjuntas y que deja constancia de que ha ocupado la vivienda y entrado en posesion de la misma y entonces se firma ese acgta notarial donde tu das fe de "su burrada" e incluso como deberan darte noticia del procedimiento y juzgado donde se produjo tal posesion, puedes dar cuenta al juzgado correspondiente.

ESte de ordinario se pondra contento porque entierra el asunto y punto. Si alguien enreda quedara claro que tu manifestate al juzgado rapidamente los hechos producidos y normalmente quedaras fuera de la zna de riesgo, si ademas lo haces asi siempre y nadie te ha puesto pegas nunca.

En todo caso la unica forma de tener seguridad absoluta es no rozandose por este terreno, para un secretario la calle es lo mas peligroso que hay, para los tuyos no, pero la calle sigue siendo peligrosa.

Espero te haya servido

Re: Toma de posesión ante Notario

por Terminatrix » Sab 13 Jul 2019 8:56 am

Hola, Mininota. :D
Bienvenido de nuevo al foro.

Estoy de acuerdo contigo. Algo raro hay ahí, pues si se trata de "posesiones judiciales", es evidente que somos nosotros los que hemos de controlar la legalidad: revisar plazos, notificaciones, pago del impuesto, etc, etc. Es algo que tú no puedes hacer -independientemente del tema competencias- porque no tienes acceso al expediente.
Lo de los bancos es de hacérselo ver: lo quieren todo para ya y no les importa saltarse la legalidad e ir luego a una nulidad de actuaciones o a un procedimiento penal con tal de acortar plazos.

Al hilo de lo que comentas, también soy de respetar las competencias ajenas. Hace años me pidieron que autorizara un poder apud acta (sin procedimiento abierto, lo que es un sinsentido) válido para todo, por eso de que es gratis. :twisted: Puedes imaginar cuál fue mi respuesta y como la del solicitante fue "pues sus compañeros me lo hacen"....

Toma de posesión ante Notario

por Mininota » Vie 12 Jul 2019 10:03 pm

Consulta , con vuestra venia, en este para mí "corral ajeno", corral que respeto, pero en el que a menudo los bancos pretenden que me meta. Consulta que NO es de justiciable ni de abogado, no es de parte en ningún proceso; es de un colaborador con el Poder Judicial que no desea pasar a ser un usurpador de dicho Poder. Me explico:
Siempre he considerado que la ejecución de resoluciones judiciales corresponde a vuestro Poder, al Judicial. Que en eso los notarios pintamos nada o poco; y que si algo pintamos alguna vez es por orden judicial.
El caso es que en los últimos tiempos proliferan requerimientos de bancos a notarios, para que den fe de cómo su apoderado entra en una vivienda (que dicen les pertenece) y cambia la cerradura.
Yo me niego sistemáticamente. Si es algo pacífico, si "no hay problemas", cualquiera entiende que para cambiar la cerradura de su casa no necesita al notario. Luego algo "raro" tiene que haber, supongo yo, para que me llamen.
A poquito que pregunto, me entero que suele tratarse de casos en que el banco ha recibido la vivienda en un proceso de ejecución judicial. Y, por alguna razón para mí extraña, en vez de pedir al Juzgado la entrega de la posesión, acuden al notario.
Siempre me ha gustado respetar las competencias ajenas (aparte de que es mi deber). He encontrado varios artículos (en la Constitución, en la LEC, en la Ley Hipotecaria...) con los que no os voy a cansar porque los conocéis mejor que yo (son vuestro "terreno de juego"), de los que resulta que es el Juzgado quien ha de actuar.
El Juzgado verá lo que hace, notificará supongo yo al ejecutado, le dará plazos... ¡que se yo! Hará muchas cosas que yo no puedo hacer.
Ya puestos, me imagino la que se puede armar si se trata de una vivienda en la que siga dentro el ejecutado, y que por ejemplo esté unos días fuera, de vacaciones... Allanamiento de morada, cualquiera sabe, ya no me acuerdo casi del Penal.
Os pregunto: ¿estoy viendo brujas? ¿estoy siendo demasiado tiquismisquis? Hay compañeros míos que así me lo comentan. Los bancos, -claro está- no ven con demasiada simpatía mi postura... ¿qué opináis?
Gracias anticipadas por vuestra amabilidad, desde esta otra faceta de la fe pública.

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