por MOSQUERO » Lun 14 May 2018 1:23 pm
Buenos días. Planteo el siguiente tema para ver si a algún compañero ha tenido un caso similar o si alguien conoce jurisprudencia al respecto.
Procedimiento de juicio rápido en instrucción con condena en costas al acusado, incluidas las de la acusación particular. En el Penal tasamos costas, se aprueban y se requiere de pago, comenzando a pagar a plazos. Con posterioridad la representación procesal del penado alega que presentó solicitud de asistencia jurídica gratuita y que se le ha reconocido la misma, por lo que no está obligado al pago de las costas, ya que el reconocimiento del derecho tiene efectos retroactivos y solicita la devolución de las cantidades abonadas.
Examinados los documentos aportados se comprueba que la solicitud de asistencia jurídica gratuita se presentó 15 días después del dictado de la sentencia firme en instrucción y la Comisión concedió el derecho casi dos meses después de aprobarse la tasación de costas.
Mi pregunta es si consideráis si el reconocimiento de justicia gratuita tiene o no efectos retroactivos y si conocéis jurisprudencia al respecto. Gracias.
Buenos días. Planteo el siguiente tema para ver si a algún compañero ha tenido un caso similar o si alguien conoce jurisprudencia al respecto.
Procedimiento de juicio rápido en instrucción con condena en costas al acusado, incluidas las de la acusación particular. En el Penal tasamos costas, se aprueban y se requiere de pago, comenzando a pagar a plazos. Con posterioridad la representación procesal del penado alega que presentó solicitud de asistencia jurídica gratuita y que se le ha reconocido la misma, por lo que no está obligado al pago de las costas, ya que el reconocimiento del derecho tiene efectos retroactivos y solicita la devolución de las cantidades abonadas.
Examinados los documentos aportados se comprueba que la solicitud de asistencia jurídica gratuita se presentó 15 días después del dictado de la sentencia firme en instrucción y la Comisión concedió el derecho casi dos meses después de aprobarse la tasación de costas.
Mi pregunta es si consideráis si el reconocimiento de justicia gratuita tiene o no efectos retroactivos y si conocéis jurisprudencia al respecto. Gracias.