Siraj y sentencias por delitos leves

Publicar una respuesta


Esta pregunta es una forma de evitar inserciones automatizadas por Spambots.
Emoticonos
:D :) :( :o :shock: :? :cool: :lol: :x :P :oops: :cry: :evil: :twisted: :mrgreen: :RotoDeRisa: :roll: :wink: :| :arrow: :?: :!: :whistling: Monito-nono :filaaplausos: :filalupa: :pensativo: :monito-me-dejas-ko: monitobeso001 chocala :doa2: :monito-asco: :cabezazo2: :censored: :dedoscruz: :descojone: :oleole :monito-normas-foro: :monito-llamada-orden: :monito-megafono: :monito-juez-2: :monito-cabreo-agudo: :monito-maldiciones: :cabreado: :monito-confused: :monito-corazones: :monito-me-callo: :monito-necesito-cafe: :monito-rezo: :monito-vomito-4: :monito.cheer: :monito-burla: :monito-berrinche: :quebien: :quetefollen: :cremallera: :buabua: :babeando: :sleepingsmiley012: :affraid: :pckk: :cutrefunciones: :NegroJuzgado: :NegroIudiciorum: :parienta: :monito-secresoso: :bienhecho: :gracias: :monito-buen-post: :noloentiendo:
Ver más emoticonos

BBCode está habilitado
[img] está habilitado
[url] está habilitado
Emoticonos están habilitados

Revisión de tema
   

Expandir vista Revisión de tema: Siraj y sentencias por delitos leves

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Carlos Valiña » Jue 05 Mar 2026 11:50 pm

Sin ser especialista en este area, me he tragado todo el debate, hay cosas tecnicas que se me van un poco, pues llevo años en menores, y ahora estoy temporalmente en penal de nuevo y he registrado unas cuanta...

Mis impresiones:

Si el registro se llama de sentencias penales no firmes, el debate sobre si los antecedentes penales nacen o no de los delitos leves, realmente no hace al caso, hay que registrar todas las sentencias penales sean o no firmes, sean o no de delitos leves.

Luego esta el terreno de la "utilidad", esto es un poco como cuando yo decia que no tenia sentido juzgar a los procesados de gerona semanas antes de una amnistia cantada, y que el aplazamiento del juicio era una medida sensata.

En segun que casos, tenemos que estar a consideraciones practicas porque no hay medios para hacer todas las cosas que se les ocurren...

Desde una perspectiva practica hay cosas absurdas, por ejemplo en menores yo tengo que apuntar la fecha inicial y la final de la liquidacion de condena en el siraj, pero claro, si es una pena de fin de semana de 36 horas, no tiene sentido espero a que la cumpla le pongo cumplida y listo.

Si os fijais en el siraj se apuntan muchas cosas que estan desconectadas del concepto del viejo registro de antecedentes penales y que van a mas, como la fecha de incoacion del asunto, si la victima es madre o hermana del agresor, si las victimas son hombres mujeres niños discapacitados etc...

Como siempre se ha convertido en otra manera de mediante un programa y unos filtros tener una foto aproximada de la tendencia al hundimiento general del sistema.

Y ademas ha sido parasitado, por ejemplo el ministerio del interior ha pedido que pongamos el numero del atestado y justicia se dejo, y hay que ponerlo.

Ahora veo que hay que poner el ordinal de la policia, para facilitar no se que, como si el nombre y el dni no funcionara y con eso no pudiera el programa poner automaticamente el ordinal... conectandose con el ordenador de la policia y asi ad infinitum

Estamos ante un registro hipertrofiado, donde estamos dejados de la mano de Dios como en todo, ejemplo si el sujeto tiene un NIE en autos y cuando vas a grabar ha obtenido la nacionalidad, te dice que no puedes grabarlo y que grabes todo a mano, porque detecta el cambio en vez de coger automaticamente poner el NIF y listo. Hay que poner tarjeta identidad y numero 0 para poder "pasar el obstaculo".

La inteligente como siempre opcion de Caraflan no tenia mucho sentido a mi parecer cuando aparecieron los delitos leves, porque aunque la circular de 2009 se referia a las faltas, efectivamente y el Codigo Penal decia que "las menciones contenidas en las leyes procesales a las faltas se entenderán referidas a los delitos leves.", es lo cierto que la circular esa no es una ley procesal, es una circular gubernativa, es lo cierto que el nuevo siraj hipertrofiado busca datos de todos los delitos (aunque se le escapan los escasos delitos leves que aun juzgan los Jueces de paz) y de algun modo que no se definir muy bien, por falta de conocimientos, tengo la impresion de que el cambio de falta a delito leve es algo mas que semantico pese a lo que dice el codigo penal respecto de las leyes procesales, porque hay normas que no estan en las leyes procesales, sino en el codigo penal (sean de naturaleza procesal o no) que se aplican a los delitos y no a las faltas, y por eso creo que hay esas zonas grises que reflejabais en la jurisprudencia, pero mas bien en la linea de que en segun que casos si pueden tener efectos en materia de antecedentes y en esa deriva hipertrofica, estadistica y de utilizarnos como golillas para que otros se aprovechen de los datos que introducimos y asi liberar ellos recursos para otras cosas, la tesis de caraflan aunque tenga cierto sentido, va contra el viento, va contra el sentido de la historia, es literal si, pero se aparta del contexto, de larealidad social del tiempo enq ue ha de ser aplicada y ninguna inspeccion que descubriera el tema y se le contara esa idea la entenderia.

Por lo tanto a mi parecer el tema se reduce a lo siguiente, solo si la situacion es critica y de absoluto desborde se podria uno agarrar a ese clavo ardiendo y aplicar lo de lo mejor es enemigo de lo bueno y quedarse con lo bueno, los delitos no leves, en cualquier otro caso, estamos simplemente ante una gabela mas y lo suyo es cumplirla y ya esta.

Cuando haya demasiadas gabelas, pues crecen a diario, podras pasar a la situacion de critica y decidir que flecos de la colcha abandonas para al menos tener una colcha. Mientras no sea el caso me temo que has de grabar.

SAludos

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por laj penal » Mié 25 Feb 2026 2:47 pm

Retomo este hilo donde hubo un amplio y bonito debate con Caraflan, Acolitos y Gonzalez Pereda.
Actualmente en 2026 y con SIRAJ 2 ¿ qué hacéis con las sentencias de los delitos leves? pues leyendo a unos y otros, es cierto que lo que se va a tener en cuenta al fin y al cabo es la firmeza.
Si el delito leve nunca llega a ser firme , porque no se notifica, y todos sabemos la de delitos leves que se quedan en la mesa del funcionario sin tocar, o que se intenta notificar y nada, y pasa el año... el delito leve nos ha prescrito.
Si lo has anotado sin ser firme y pasa el año y nada de nada sin coger firmeza ¿ qué harías luego? Irte a SIRAJ 2 y eliminar ?
Porque lo que entiendo que debe constar registrado es ese delito leve cuando es firme.

Por otro lado, totalmente de acuerdo en que las medidas cautelares se anotan siempre, y que la simple libertad NO se anota, ya tratado en su día , sólo la que vaya con apud acta.

A ver que pensais! gracias

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Penalista » Dom 20 Sep 2020 11:15 am

Al menos en Madrid, la Audiencia permite la revocación de las suspensiones de condena, especialmente cuando comete varios leves durante el periodo de suspensión, dado que a diferencia del art. 80, el art. 86 no distingue que el delito cometido dentro del periodo de suspensión sea o no leve.

Pero más allá incluso nos ha confirmado denegación de suspensiones por tener muchos delitos leves en un corto periodo de tiempo, por cuanto si bien no se pueden tener en cuenta para apreciar la primariedad delictiva, si que pueden tenerse en cuenta cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos.

Por tanto, la anotación de los delitos leves es imprescindible.

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Secretarionovato » Sab 19 Sep 2020 4:54 pm

Para efectos de reincidencia, en la estafa, no.

Dice esto la Sentencia.


La aplicación a los delitos leves de la nueva figura agravada de estafa produce de esta manera un distorsión del sistema en el que, ni la reincidencia genérica del artículo 22.8 ni la multirreincidencia del 66.1.5 producen ex lege un incremento penológico cuando operan sobre aquellos, por efecto de lo dispuesto en el artículo 66.2 CP. Distorsión, porque solo así puede entenderse el que la mera existencia de tres antecedentes previos, que ya en su día acarrearon la correspondiente pena, equipare una estafa de menos de 400 euros, con otra en la que no se aprecie multirreincidencia, pero que puede llegar a alcanzar un cuarto de millón.
Todo ello nos aboca a entender que tal salto agravatorio exige una expresa y clara regulación, como la del hurto, sin que, en su defecto, nos sea permitida una interpretación extensiva y analógica.

Lo señalado respecto a la agravación del artículo 250.1.8 es aplicable a las restantes circunstancias que el precepto prevé, pues, aunque sustentadas en distinto fundamento y algunas de difícil, cuando no imposible, encaje estructural con un delito leve, deben ser tratadas desde la misma pauta interpretativa. No es posible desde una interpretación extensiva en contra reo, un doble salto penológico desde el delito leve a la modalidad agravada.



De hecho, excluye expresamente el delito leve del cómputo en esa sentencia (dice que las condenas anteriores, de la reincidencia, no son por delito leve salvo la última)

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Carlos Valiña » Sab 19 Sep 2020 3:47 pm

Pero... en esa sentencia que citas pone esto:
En los términos en que aparecen descritos en los hechos probados que nos vinculan, y en
consideración a la penalidad impuesta, no dimanan de delitos leves, con la única excepción de los que derivan
de la condena el 24 de agosto de 2016, a la pena de dos meses de multa
parece que sí esta dando por bueno que los antecedentes puedan dimanar de delitos leves.

Saludos.

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Secretarionovato » Sab 19 Sep 2020 2:32 am

SECREDELOS80 escribió: Mié 09 Sep 2020 11:25 am los delitos leves generan antecedentes. La respuesta es que lo hacen, pero solo en cierta manera, los delitos leves no contarán nunca para apreciar la circunstancia agravante de reincidencia del 22.8 CP ni se tendrán en cuenta jamás para decidir si suspender o no la pena privativa de libertad impuesta al sujeto activo de un delito susceptible de suspensión. En cambio, para lo que sí se tendrá en cuenta la comisión de delitos leves es para la agravación específica de la comisión de algunos delitos (235 o 250 cp).

Deberíais anotarlos todos. saludos
De eso, ya ha dicho el Supremo que no...

http://www.poderjudicial.es/search/AN/o ... d/20200210

Por ende, es absurdo anotarlo para eso.

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por jeni bladi » Vie 18 Sep 2020 4:20 pm

Buenas...

Pues sí, habrá que revisar, pero teniendo en cuenta que se anotan todas las de viogen y las de otros delitos que lleven como pena alejamiento, incomunicación, etc. No se anotaban, por ejemplos los delitos de daños y hurto, que la pena consistía en indemnización, exclusivamente.

Y no entiendo eso de que deberíamos bajar más a hacer anotación; las anotaciones las hago yo, y en un mixto con viogen, hay veces que no sabes de dónde vas a sacar el tiempo, salvo metiendo horas de dónde no las hay. Pero sí, revisaré. que no queda otra. no sé lo que harán los otros compañeros del edificio.

Muchas gracias

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Noname » Mar 15 Sep 2020 10:24 am

Deberíais bajar más a hacer anotaciones. Los delitos leves no se pueden anotar en los Juzgados de lo Penal porque el SIRAJ no los contempla. Sólo los Instrucciones, que juzgan delitos leves, parecen poder hacerlo.

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Invi85 » Mar 15 Sep 2020 12:44 am

Como bien te comenta el compañero, se anotan todas las condenatorias
Pero.... No las habíais anotado desde que se introdujeron los delitos leves? Pufff, porque entonces vais a tener que revisarlas con el libro de sentencias las de atrás y anotar...... Animo

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por jeni bladi » Mié 09 Sep 2020 3:45 pm

Buenos días, y muchísimas gracias

Un saludo

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por SECREDELOS80 » Mié 09 Sep 2020 11:25 am

los delitos leves generan antecedentes. La respuesta es que lo hacen, pero solo en cierta manera, los delitos leves no contarán nunca para apreciar la circunstancia agravante de reincidencia del 22.8 CP ni se tendrán en cuenta jamás para decidir si suspender o no la pena privativa de libertad impuesta al sujeto activo de un delito susceptible de suspensión. En cambio, para lo que sí se tendrá en cuenta la comisión de delitos leves es para la agravación específica de la comisión de algunos delitos (235 o 250 cp).

Deberíais anotarlos todos. saludos

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por jeni bladi » Mar 08 Sep 2020 8:58 pm

hola, buenas... :monito.cheer: :monito.cheer: :monito.cheer:

Cuánto tiempo sin preguntar nada... Se me hace raro.

Vamos a ver, que creo que estoy haciendo algo mal, o poco bien, jajaja

Cuando se introducen en el ordenamiento los delitos leves, las tres compañeras no teníamos claro si causaban antecedentes penales, por lo que estuvimos dándole vueltas sobre si anotar, o no, las sentencias condenatorias.
Al final, optamos por anotar todas las de viogen, por supuesto,y las del resto, aquellas que tenían penas de alejamiento (generalmente a los arenales de las playas a los furtivos, o incomunicaciones con otra persona)

Juez nuevo, y pide hoja de antecedentes de cualquier delito leve...

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Penalista » Vie 09 Mar 2018 2:25 pm

Cierto lo primero que apuntas y comparto la necesidad de que el TS lo deje claro. Comparto tu apreciación del segundo párrafo, y respecto al tercero si bien mi opinión difiere en cuanto a que entiendo que hasta que no se aclare lo de los leves y su influencia en la ejecución de las penas de prisión es conveniente anotarlo, coincido en que sería necesaria una circular sobre el particular con urgencia. :wink:

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por caraflan » Vie 09 Mar 2018 1:07 am

El criterio de revocar suspensiones por delito leve no es unánime. Hay hilos en este foro con opiniones distintas. En mi opinión, salvo casos muy reiterativos como el que comentas no cabría tenerlos en cuenta. Espero que pronto el Tribunal Supremo aclare el tema y lo haga para negar esa posibilidad. Al igual que ha hecho con los antecedentes.

Una de mis obsesiones en esta administración ha sido desde que entré no hacer cosas que consideraba inútiles, o demasiado gravosas para el bien jurídico protegido, hacemos cientos de tonterías que nos convierten en poco productivos y en un paradigma de la falta de eficacia y eficiencia. Anotar a decenas de miles de ciudadanos en un registro de penados por si a alguna decena se le puede revocar una suspensión me parece una de esas tonterías además de suponer una pena adicional a la condena impuesta en la sentencia, la de publicidad. Si a eso añadimos la anotación cuando no es firme, la anotación de la firmeza, la de la incoación de la ejecutoria, la de archivo o la de prescripción, el tiempo y el esfuerzo perdido alcanza el infinito. Además de añadir paja que impide encontrar la aguja.

La interpretación de la disposición adicional segunda y de la circular 3/09 que yo hago me permite no anotar y de momento nadie me ha dicho que lo tengo que hacer. Sería muy sencillo que hicieran una circular para aclararlo pero mientras no la hagan yo tengo capacidad para interpretar de acuerdo con la disposición adicional y por ello, donde no se ha cambiado la nomenclatura para adaptarla, leo falta donde pone delito leve.

Un saludo

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Penalista » Jue 08 Mar 2018 11:30 pm

Te olvidas que los delitos leves puede dar lugar a la revocación de las suspensiones de condena o para ampliar el periodo de suspensión o imponer condiciones adicionales. Aquí en Madrid ya se han visto resoluciones de la Audiencia confirmando revocaciones por la comisión sucesiva de tres o cuatro leves.De igual modo, a una persona que tenía doce leves de hurto se le denegó en mi Juzgado la suspensión por un delito de hurto porque aunque según el 80 era técnicamente delincuente primario, la trayectoria delictiva servía para justificar un pronóstico futuro de comisión de nuevos delitos. Y la Audiencia también lo confirmó.

Así que la anotación tiene trascendencia, en mi opinión.

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por caraflan » Jue 08 Mar 2018 1:46 pm

Retomo el hilo. Para mi anotar las sentencias de delitos leves, con la excepción de las que impongan una medida de alejamiento, es un sinsentido.

La disposición adicional segunda de la reforma del CP es clarisima y dice que las menciones contenidas en las leyes procesales a las faltas se entenderán referidas a los delitos leves. Si esto es así, la mención que hace la circular 3/09 a la no obligación de anotación de las faltas debe entenderse a los delitos leves.

Solo la posibilidad de que la comisión de tres faltas o delitos leves pudiera suponer un agravante daba un sentido a la anotación en los tres tipos en que eso ocurría. Con las últimas sentencias del Supremo tumbando esta posiblidad ya no cabe ni esta justificación para anotar los delitos leves. Nadie ha dicho lo contrario.

Recuerdo la anécdota de un investigador americano que decía que herramientas como el correo electrónico se convertían en inútiles cuando cada día le llegaban mil correos.

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Javier González Pereda » Mié 26 Jul 2017 4:25 pm

Acolitos es correcto.un abrazo para ti para principiante y para delme.

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por PRINCIPIANTE 426 » Mié 26 Jul 2017 3:34 pm

Gracias Delme.
Aprovecho la ocasion para decir que sois unos compañeros maravillosos.Gracias por vuestra ayuda. :gracias:

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por delme » Mié 26 Jul 2017 3:15 pm

Las alertas son más habituales en los penales, suelen advertir de la anotación de condenas a penados con penas suspendidas, o interesan la revisión de notas antiguas incompletas cuya actualización es necesaria para la cancelación de antecedentes penales. Vamos una gloria

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por PRINCIPIANTE426 » Mié 26 Jul 2017 2:26 pm

Gracias de nuevo Acolitos.
Solo para quedarme tranquila ¿Qué controlas con las alertas? a mi me salen pocas.Gracias otra vez

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por ACOLITOS » Mié 26 Jul 2017 12:41 pm

Hola Javier.; estoy contigo en cuanto a que las medidas cautelares se anotan siempre sean de violencia de genero o no. En cuanto a las sentencias no firmes que se dicten en juicios de delitos leves que no impongan penas de alejamiento sino por ejemplo solo pena de multa parece que ahora habria que anotarlas al ser delito y al haber desaparecido las faltas respecto de las cuales no era obligatoria en el registro Central de Medidas Cautelares requisitorias y sentencias no firmes de conformidad con la circular 3/ 2009 relativa a la entrada en funcionamiento de la nueva aplicacion del registro central de medidas cautelares requisitoriad y sentencias no firmes (pagina 5).Unicamente se excluyen del registro las sentencias absolutorias no firmes que no impongan medidas de seguridad de conformidad con la circular 7/2009 del Secretario General de la Administracion de justicia sobre aspectos practicos de la aplicacion integrada del tegistro Central de medidas cautelares requisitorias y sentencias no firmes y del registro central para proteccion de victimas de la violencia domestica. Lo suyo es que lo hicieran los funcionarios y nosotros a validar. Yo con las sentencias no firmes dictadas en delitos leves que no llevan alejamiento espero a la firmeza pues prefiero tener tiempo para controlar las alertas , aunque lo suyo seria registrarlas aun cuando no hayan sacado indtruccion o circular en que especificamente se pronuncie sobre el registro de sentencias en juicios de delitos leves . Lo que si hay que vigilar es que no quede ninguna medida de alejamiento , requisitoria o prohibicion de salida del territorio nacional sin registrar pues si se escapa alguna ahi si que podriamos tener problemas y vigilar tambien cuando cesan para cancelarlas

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Javier González Pereda » Mar 25 Jul 2017 3:20 pm

Tambien para ti si algo puedo ayudarte tienes el mensaje privado del foro o el correo electronico.Creo que en estos ultimos mensajes os he reflejado con claridad lo que dice la reglamentacion.Un abrazo para todos y lo dicjo si algo necesitais llamadme.

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por Invitado » Mar 25 Jul 2017 3:01 pm

Os doy las gracias por las respuestas. La verdad es que suscribo plenamente lo que me habéis dicho. La lógica y la razón es lo me lo dice y la ley.
Cuando llegó a mi mesa el primero de estos delitos leves para anotar la incoación de la ejecutoria en siraj y vi que la pena de alejamiento ya estaba cumplida porque se le había requerido el mismo día que se le notificó la sentencia, me saltaron las alarmas.
He preguntado a muchos compañeros y al que estaba en la plaza antes por supuesto. Los que son partidarios de requerir de cumplimiento desde la sentencia ( que hay bastantes) me aluden a que el riesgo es grande: esperar a que se le notifique... que se encuentre al susodicho... que se le requiera, que la oficina esté pendiente de que en cuanto se le notifique se abra la ejecutoria y no caiga en el olvido... y la verdad me dio mucho que pensar. Pero en mi fuero interno sé que es una ilegalidad. Corro el riesgo de que requiera y el señor en cuestión sea detenido y me plante una queja o algo peor y con toda la razón del mundo claro.
He visto no obstante que no son muchas, todas ya están ejecutadas siguiendo el criterio del compañero, la duda la tengo para las siguientes que se dicten.

Muchas gracias por las respuesta de los foreros, da gusto tener compañeros así.
un saludo

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por PRINCIPIANTE426 » Mar 25 Jul 2017 2:09 pm

Javier ,me liaba un poco el tema de las sentencias no firmes y ahora creo que lo tengo más claro.
gracias por tu ayuda y por permitirme poder mandarte un email en caso de que me lie.
gracias

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

por PRINCIPIANTE426 » Mar 25 Jul 2017 2:04 pm

Acolitos,muchisimas gracias por tu respuesta.No sabes lo tranquila que me dejas.
Besotes

Arriba