por Invitado » Jue 29 Jun 2006 9:02 pm
Cada persona (fallecida), una partición, independientemente del número de testamentos.
Ahora bien, si dos personas (o más, normalmente matrimonio) han fallecido, y hay un testamento de cada uno, en puridad habría que procederse primero a la división de la comunidad (conyugal) y luego las particiones de las respectivas herencias de cada uno. Pero si no resulta problemático yo aceptaría tramitarlo en un solo procedimiento (1.058 CC) siempre que el Juzgado tenga competencia para todas las particiones.
Lujaroj
Cada persona (fallecida), una partición, independientemente del número de testamentos.
Ahora bien, si dos personas (o más, normalmente matrimonio) han fallecido, y hay un testamento de cada uno, en puridad habría que procederse primero a la división de la comunidad (conyugal) y luego las particiones de las respectivas herencias de cada uno. Pero si no resulta problemático yo aceptaría tramitarlo en un solo procedimiento (1.058 CC) siempre que el Juzgado tenga competencia para todas las particiones.
Lujaroj