por Anabel » Mar 31 Ago 2021 12:33 pm
Buenos días,
lo primero, daros mil gracias; me estáis ayudando muchísimo y espero, cuando pueda, aportar también.
Con respecto a los límites de la cobertura hipotecaria, no localizo dónde se recogen. En el préstamo hipotecario, no lo encuentro como tal. En la certificación de cargas, figura lo siguiente: "Una hipoteca, constituida por la inscripción 3ª a favor de BANCO, en cuanto a la totalidad para responder de 57.000 euros de principal; intereses ordinarios durante 24 meses al 3,88 anual hasta un tipo máximo del 10 % anual, por un total de 11.400 euros; intereses de demora, por un total de 11.400 euros; unas costas y gastos judiciales de 3.005,06 euros con plazo de amortización de 360 meses [...]". Es esto? He tasado ya las costas por importe de 5.000 euros, pero entiendo que, en el decreto de aprobación, tendré que limitarlas a 3.005,06 euros, verdad? No obstante, no hay acreedores posteriores; por lo que, entonces puedo aprobarlas sin limitación, no? El inmueble no es vivienda habitual y el ejecutante ha pedido adjudicación por el 50% (40.619,50 euros). Se despachó ejecución por 41.701,43 de principal.
Muchas gracias.
Buenos días,
lo primero, daros mil gracias; me estáis ayudando muchísimo y espero, cuando pueda, aportar también.
Con respecto a los límites de la cobertura hipotecaria, no localizo dónde se recogen. En el préstamo hipotecario, no lo encuentro como tal. En la certificación de cargas, figura lo siguiente: "Una hipoteca, constituida por la inscripción 3ª a favor de BANCO, en cuanto a la totalidad para responder de 57.000 euros de principal; intereses ordinarios durante 24 meses al 3,88 anual hasta un tipo máximo del 10 % anual, por un total de 11.400 euros; intereses de demora, por un total de 11.400 euros; unas costas y gastos judiciales de 3.005,06 euros con plazo de amortización de 360 meses [...]". Es esto? He tasado ya las costas por importe de 5.000 euros, pero entiendo que, en el decreto de aprobación, tendré que limitarlas a 3.005,06 euros, verdad? No obstante, no hay acreedores posteriores; por lo que, entonces puedo aprobarlas sin limitación, no? El inmueble no es vivienda habitual y el ejecutante ha pedido adjudicación por el 50% (40.619,50 euros). Se despachó ejecución por 41.701,43 de principal.
Muchas gracias.