por james-sawyer » Mar 12 Mar 2024 3:55 pm
En nuestro Juzgado, se usa bastante habitual, sobretodo en ejecuciones, siempre y cuando conste que lo ha recibido, es decir, que de respuesta al e-mail que le enviamos con la resolución judicial adjunta. Por ejemplo en una ejecucion de menos de 2.000 € en el que el ejecutado no tiene procurador ni abogado, pues se entiende, que puede presentar y recibir vía e-mail si esa es la vía de comunicación que él ha escogido. Del mismo modo, algunas empresas para requerimientos, prensentan la respuesta a ese requerimiento por el e-mail del Juzgado.
En nuestro Juzgado, se usa bastante habitual, sobretodo en ejecuciones, siempre y cuando conste que lo ha recibido, es decir, que de respuesta al e-mail que le enviamos con la resolución judicial adjunta. Por ejemplo en una ejecucion de menos de 2.000 € en el que el ejecutado no tiene procurador ni abogado, pues se entiende, que puede presentar y recibir vía e-mail si esa es la vía de comunicación que él ha escogido. Del mismo modo, algunas empresas para requerimientos, prensentan la respuesta a ese requerimiento por el e-mail del Juzgado.