Puesta a disposición autos recurso de suplicación.

Publicar una respuesta


Esta pregunta es una forma de evitar inserciones automatizadas por Spambots.
Emoticonos
:D :) :( :o :shock: :? :cool: :lol: :x :P :oops: :cry: :evil: :twisted: :mrgreen: :RotoDeRisa: :roll: :wink: :| :arrow: :?: :!: :whistling: Monito-nono :filaaplausos: :filalupa: :pensativo: :monito-me-dejas-ko: monitobeso001 chocala :doa2: :monito-asco: :cabezazo2: :censored: :dedoscruz: :descojone: :oleole :monito-normas-foro: :monito-llamada-orden: :monito-megafono: :monito-juez-2: :monito-cabreo-agudo: :monito-maldiciones: :cabreado: :monito-confused: :monito-corazones: :monito-me-callo: :monito-necesito-cafe: :monito-rezo: :monito-vomito-4: :monito.cheer: :monito-burla: :monito-berrinche: :quebien: :quetefollen: :cremallera: :buabua: :babeando: :sleepingsmiley012: :affraid: :pckk: :cutrefunciones: :NegroJuzgado: :NegroIudiciorum: :parienta: :monito-secresoso: :bienhecho: :gracias: :monito-buen-post: :noloentiendo:
Ver más emoticonos

BBCode está habilitado
[img] está habilitado
[url] está habilitado
Emoticonos están habilitados

Revisión de tema
   

Expandir vista Revisión de tema: Puesta a disposición autos recurso de suplicación.

Re: Puesta a disposición autos recurso de suplicación.

por delme » Vie 19 Jul 2024 6:29 pm

Te cuento mi experiencia, cuando nstros empezamos poníamos una DO advirtiendo q la puesta a disposición se haría mediante entrega del expediente judicial electrónico para lo que debía comparecer ante la oficina judicial con dispositivo adecuado (195.1 LJS) cuando venía una diligencia de constancia y santas pascuas. Los correos os van a dar problemas de seguridad y/o tampoco x las grabaciones y si sois el único juzgado los profesionales están habituados a venir a x los autos. Un saludo.

Puesta a disposición autos recurso de suplicación.

por secreperdida » Mar 04 Jun 2024 11:52 am

Buenos días.
Este año hemos empezado en el Juzgado con el expediente digital, somos el único que hemos empezado de los tres juzgados que hay en este partido judicial.
¿Alguien que ya esté con el expediente judicial electrónico puede decirme qué resolución se está poniendo ahora para conceder los 10 días para formalizar el recurso de suplicación y desde cuando se cuenta el plazo? Hemos pensado descargar el procedimiento de Horus y remitirselo por email a los letrados, porque en la Comunidad de Madrid según nos comunica Madrid digital los Letrados no pueden visualizar Horus, y la Sede Judicial Electrónica tampoco está disponible para los profesionales en esta Comunidad
Gracias

Arriba