por Carlos Valiña » Mié 23 May 2007 12:33 pm
Bueno pues yo siempre le endosaba el problema al actor. Al fin y al cabo, en la practica totalidad de los casos, fue el quien se equiivoco de "socio" y con el afan de arrendar rapido y bien, se encomendo al primero que paso por alli.
No existiendo en casi ningun lugar de España un deposito municipal para estos enseres, cual ocurre en Zaragoza, y ante las dificultades practicas de poner todas las cosas en la calle, yo le decia siempre al propietario, pues queda usted constituido depositario de todo esto bajo su responsabilidad.
El propietario me decia, pero ¿que hago yo con esto? Yo le contestaba, lo que este completamente inservible o destrozado lo puede usted tirar, pero si quiere ocupar la vivienda o volver a arrendarla (lo normal) tenga en cuanta que un dia se puede presentar el propietario de los enseres y reclamar por sus cosas y formarle un lio, asi que describimos en la diligencia de lanzamiento de un modo aproximado lo que hay y su estado de conservacion y usted ahora o luego, busca un almacen barato, lo guarda todo alli y punto. Si lo que habia en la casa estaba "muy mal" pues yo le "insinuaba" al propietario que si el almacen no tenia muchas condiciones de seguridad, o sobre todo no garantizaba la buena conservacion de los efectos pues tambien servia.
En todos los lanzamientos a los que acudi, el tema se zanjo asi sin ningun problema.
Saludos.
Bueno pues yo siempre le endosaba el problema al actor. Al fin y al cabo, en la practica totalidad de los casos, fue el quien se equiivoco de "socio" y con el afan de arrendar rapido y bien, se encomendo al primero que paso por alli.
No existiendo en casi ningun lugar de España un deposito municipal para estos enseres, cual ocurre en Zaragoza, y ante las dificultades practicas de poner todas las cosas en la calle, yo le decia siempre al propietario, pues queda usted constituido depositario de todo esto bajo su responsabilidad.
El propietario me decia, pero ¿que hago yo con esto? Yo le contestaba, lo que este completamente inservible o destrozado lo puede usted tirar, pero si quiere ocupar la vivienda o volver a arrendarla (lo normal) tenga en cuanta que un dia se puede presentar el propietario de los enseres y reclamar por sus cosas y formarle un lio, asi que describimos en la diligencia de lanzamiento de un modo aproximado lo que hay y su estado de conservacion y usted ahora o luego, busca un almacen barato, lo guarda todo alli y punto. Si lo que habia en la casa estaba "muy mal" pues yo le "insinuaba" al propietario que si el almacen no tenia muchas condiciones de seguridad, o sobre todo no garantizaba la buena conservacion de los efectos pues tambien servia.
En todos los lanzamientos a los que acudi, el tema se zanjo asi sin ningun problema.
Saludos.