por Carlos Valiña » Mar 20 May 2008 5:13 pm
Yo no soy ni de lejos experto en derecho civil, pero algo entiendo de certificados.
En principio los certificados oficiales no son obligatorios. Por ejemplo hace poco me remitieron un certificado de la Comunidad de Cantabria, copiado a su vez de otro del Ministerio que ponia algo asi como, certifico que los funcionarios abajo firmantes han secundado la huelga.
Es completamente absurdo que firme yo con ellos, o vale mi fe, o valen sus firmas, pero ambas juntas es un hacer de menos a mi fe administrativa. En su lugar yo prepare un parte de firmas que obra en el juzgado y confeccione un certificado nuevo completo donde se decia que habian faltado determinados Funcionarios con nombres y apellidos y habian asistido otros Funcionarios.
De manera que en principio en que clase de modelo se certifique algo es una cuestion secundaria. Ese certificado no es para empapelar la habitacion de los niños, es para utilizarlo ante otra administracion publica o privada en su pais de origen. Si a esa administracion le vale cualquier modelo problema resuelto y a ti, salvo disposicion que expresamente lo prohiba, te da igual darle una fe de vida y estado en el modelo español o en el argentino.
Cosa muy diferente es lo que se certifica. Si el modelo trae extremos que no te constan rellenados por el Señor no se los puedes certificar. Si trae casillas en blanco ajenas a lo que puedes certificar puedes usarlo pero el tachas con una raya todas las casillas que te son ajenas. Si son muchas que las tache el y luego se lo firmas.
Queda la cuestion de si puede haber alguna norma que regule el caso. Yo lo preguntaria directamente en el Registro Civil Central de Madrid, pero lo veo dificil. Las cosas raras no suelen estar reguladas y si lo estan, casi nadie sabe donde, o si lo sabe, si tal disposicion no ha sido tumbada por otra posterior.
Mientras no tengamos una base de datos juridica como en Hacienda asi estamos.
Por ello yo me atendria a los principios generales del asunto que a veces olvidamos. La esencia del asunto no es el modelo, eso es el accidente, la esencia es certificar, y la capacidad certificadora es tuya. Si tu certificas vale en una servilleta de papel y a mano. Si no certificas el mejor modelo del mundo no vale, o al menos asi deberia de ser que sobre esto tambien podria contar algunas anecdotas.
Saludos y si sacas algo mas en limpio en Madrid no dejes de hacernoslo saber.
Yo no soy ni de lejos experto en derecho civil, pero algo entiendo de certificados.
En principio los certificados oficiales no son obligatorios. Por ejemplo hace poco me remitieron un certificado de la Comunidad de Cantabria, copiado a su vez de otro del Ministerio que ponia algo asi como, certifico que los funcionarios abajo firmantes han secundado la huelga.
Es completamente absurdo que firme yo con ellos, o vale mi fe, o valen sus firmas, pero ambas juntas es un hacer de menos a mi fe administrativa. En su lugar yo prepare un parte de firmas que obra en el juzgado y confeccione un certificado nuevo completo donde se decia que habian faltado determinados Funcionarios con nombres y apellidos y habian asistido otros Funcionarios.
De manera que en principio en que clase de modelo se certifique algo es una cuestion secundaria. Ese certificado no es para empapelar la habitacion de los niños, es para utilizarlo ante otra administracion publica o privada en su pais de origen. Si a esa administracion le vale cualquier modelo problema resuelto y a ti, salvo disposicion que expresamente lo prohiba, te da igual darle una fe de vida y estado en el modelo español o en el argentino.
Cosa muy diferente es lo que se certifica. Si el modelo trae extremos que no te constan rellenados por el Señor no se los puedes certificar. Si trae casillas en blanco ajenas a lo que puedes certificar puedes usarlo pero el tachas con una raya todas las casillas que te son ajenas. Si son muchas que las tache el y luego se lo firmas.
Queda la cuestion de si puede haber alguna norma que regule el caso. Yo lo preguntaria directamente en el Registro Civil Central de Madrid, pero lo veo dificil. Las cosas raras no suelen estar reguladas y si lo estan, casi nadie sabe donde, o si lo sabe, si tal disposicion no ha sido tumbada por otra posterior.
Mientras no tengamos una base de datos juridica como en Hacienda asi estamos.
Por ello yo me atendria a los principios generales del asunto que a veces olvidamos. La esencia del asunto no es el modelo, eso es el accidente, la esencia es certificar, y la capacidad certificadora es tuya. Si tu certificas vale en una servilleta de papel y a mano. Si no certificas el mejor modelo del mundo no vale, o al menos asi deberia de ser que sobre esto tambien podria contar algunas anecdotas.
Saludos y si sacas algo mas en limpio en Madrid no dejes de hacernoslo saber.