por Estico » Jue 16 Abr 2009 9:39 pm
Entiendo que un Protocolo como el del CGA, no es vinculante para los Juzgados. Por lo que hay que estar a la LEC y en concreto a lo establecido en el art. 188.1-6º, habiendo intentado lo establecido en el art. 183. LEC y comunicándolo dentro de los tres días desde la notificación del señalamiento de la vista.
En un supuesto, que el Ldo tenía guardia solicitó la suspensión y se el denegó por no procedido conforme a lo establecido en ell 188 LEC.
Considero que si el Ldo. manifiesta que tal día tiene asignado el servicio de guardia, parece lógico que se le cambie el señalamiento, si acredita que no puede exonerarse de tal obligación, procediendo en tal caso, al intentar sin resultado el cambio, la suspensión de la vista si lo solicita en forma.
Entiendo que un Protocolo como el del CGA, no es vinculante para los Juzgados. Por lo que hay que estar a la LEC y en concreto a lo establecido en el art. 188.1-6º, habiendo intentado lo establecido en el art. 183. LEC y comunicándolo dentro de los tres días desde la notificación del señalamiento de la vista.
En un supuesto, que el Ldo tenía guardia solicitó la suspensión y se el denegó por no procedido conforme a lo establecido en ell 188 LEC.
Considero que si el Ldo. manifiesta que tal día tiene asignado el servicio de guardia, parece lógico que se le cambie el señalamiento, si acredita que no puede exonerarse de tal obligación, procediendo en tal caso, al intentar sin resultado el cambio, la suspensión de la vista si lo solicita en forma.