por JUAN RODRIGUEZ » Jue 24 Sep 2009 10:45 pm
Hola a todos.
¿ Es necesario en la guardias de permanencia estar en el Juzgado de guardia de 9 a 14,00 horas y de 17,00 a 20,00 , incluidos fines de semana, sin que haya imputados o detenidos ?
¿ Es suficiente estar disponible con el móvil de la guardia y punto ?
En horario de guardia sólo se atiende a la guardia..................o se está obligado a aprovechar el tiempo y hacer cositas ordinarias del juzgado ????????
Saludos.
Hola a todos.
¿ Es necesario en la guardias de permanencia estar en el Juzgado de guardia de 9 a 14,00 horas y de 17,00 a 20,00 , incluidos fines de semana, sin que haya imputados o detenidos ?
¿ Es suficiente estar disponible con el móvil de la guardia y punto ?
En horario de guardia sólo se atiende a la guardia..................o se está obligado a aprovechar el tiempo y hacer cositas ordinarias del juzgado ????????
Saludos.