por Carlos Valiña » Mié 04 Nov 2009 1:00 pm
Puede que me equivoque pero la opcion mas prudente en estos momentos es entrar en Sala.
Esta mañana he remitido una consulta expresa sobre la cuestión al Excmo. Sr. Ministro de Justicia, cuyo texto podeis ver en este enlace junto con otras intervenciones sobre el tema.
viewtopic.php?t=3540
Es claro que la reforma va por el camino de que salgamos de las Salas para siempre, y es probable que si alguien la abandona, con o sin denuncias, no le termine pasando nada, pero a mi juicio la opcion mas prudente es entrar en Sala y de hecho yo lo he hecho hoy.
Despues de mandar la consulta, releyendo el articulo observo que el art. 453.1 no dice "deberan", sino podran, luego la intimación a salir no es directa y como el espiritu general de la reforma, cuando entre en vigor la otra parte es que el Secretario pueda decidir entrar o no a su criterio, es evidente que es menos arriesgado permanecer en Sala que no hacerlo.
Planteada la consulta expresamente al Ministerio de Justicia y añadiendo en la misma que si no se resuelve la misma, la mayor parte de los Secretarios van a optar por seguir entrando en Sala, salvo que el Ministerio expresamente declarase que podemos salir de las mismas a partir de la entrada en vigor de la LOPJ, o sea a partir de ahora, podemos presumir que el propio Ministerio entendería que todavía no podemos salir de las mismas, sino se pronuncia expresamente en sentido afirmativo, de manera que, en mi caso, y salvo que se generalizase la practica de no entrar en Sala, se resolviese alguna denuncia por este motivo a un Secretario archivandola, o el Ministerio lo aclare o establezca expresamente, continuaré entrando en Sala y os aconsejo que hagais lo propio.
Saludos.
Puede que me equivoque pero la opcion mas prudente en estos momentos es entrar en Sala.
Esta mañana he remitido una consulta expresa sobre la cuestión al Excmo. Sr. Ministro de Justicia, cuyo texto podeis ver en este enlace junto con otras intervenciones sobre el tema.
http://www.unidad-de-accion.com/foro/viewtopic.php?t=3540
Es claro que la reforma va por el camino de que salgamos de las Salas para siempre, y es probable que si alguien la abandona, con o sin denuncias, no le termine pasando nada, pero a mi juicio la opcion mas prudente es entrar en Sala y de hecho yo lo he hecho hoy.
Despues de mandar la consulta, releyendo el articulo observo que el art. 453.1 no dice "deberan", sino podran, luego la intimación a salir no es directa y como el espiritu general de la reforma, cuando entre en vigor la otra parte es que el Secretario pueda decidir entrar o no a su criterio, es evidente que es menos arriesgado permanecer en Sala que no hacerlo.
Planteada la consulta expresamente al Ministerio de Justicia y añadiendo en la misma que si no se resuelve la misma, la mayor parte de los Secretarios van a optar por seguir entrando en Sala, salvo que el Ministerio expresamente declarase que podemos salir de las mismas a partir de la entrada en vigor de la LOPJ, o sea a partir de ahora, podemos presumir que el propio Ministerio entendería que todavía no podemos salir de las mismas, sino se pronuncia expresamente en sentido afirmativo, de manera que, en mi caso, y salvo que se generalizase la practica de no entrar en Sala, se resolviese alguna denuncia por este motivo a un Secretario archivandola, o el Ministerio lo aclare o establezca expresamente, continuaré entrando en Sala y os aconsejo que hagais lo propio.
Saludos.