por PipelineR » Vie 06 Nov 2009 3:42 pm
Para la ejecución de los monitorios es necesario abogado y procurador ya que supera los 900€, por lo tanto es correcto tasar costas.
Sobre la minuta del letrado entiendo que, no siendo de aplicación a la ejecución la reducción del tercio prevista para los declarativos, como aquí se discutió ya, salvo que lo que pida el letrado sea una burrada, lo dejaría tal cuál y que la parte contraria los impugne por excesivos o indebidos.
Para la ejecución de los monitorios es necesario abogado y procurador ya que supera los 900€, por lo tanto es correcto tasar costas.
Sobre la minuta del letrado entiendo que, no siendo de aplicación a la ejecución la reducción del tercio prevista para los declarativos, como aquí se discutió ya, salvo que lo que pida el letrado sea una burrada, lo dejaría tal cuál y que la parte contraria los impugne por excesivos o indebidos.