por secretariadis » Mié 06 Ene 2010 12:49 am
Pienso que ya con esta contestación del Colegio, se entiende cumplido el trámite de informe, por lo que .
. el Secretario Judicial, a la vista de lo actuado y de los dictámenes emitidos, mantendrá la tasación realizada o, en su caso, introducirá las modificaciones que deban hacerse, remitiéndosela al tribunal para que éste resuelva, mediante auto, lo que proceda sin ulterior recurso.
Pienso que ya con esta contestación del Colegio, se entiende cumplido el trámite de informe, por lo que .
. el Secretario Judicial, a la vista de lo actuado y de los dictámenes emitidos, mantendrá la tasación realizada o, en su caso, introducirá las modificaciones que deban hacerse, remitiéndosela al tribunal para que éste resuelva, mediante auto, lo que proceda sin ulterior recurso.