por invitada » Jue 28 Ene 2010 11:51 am
Tengo una subasta de la mitad indivisa de una finca, una mitad del ejecutado y la otra de otro totalmente ajeno al proceso.
La duda, ¿debo notificarle la subasta al co-propietario ajeno al proceso? todo entendiendo que pueda ser que como tal tenga derecho de tanteo y retracto, y por ello la duda.
De ser así, o de ser que no, la segunda es si es preciso que el juzgado le notifique el Auto de adjudicación al tercero (que será como siempre el banco), para que utilice tales derechos
Gracias
Tengo una subasta de la mitad indivisa de una finca, una mitad del ejecutado y la otra de otro totalmente ajeno al proceso.
La duda, ¿debo notificarle la subasta al co-propietario ajeno al proceso? todo entendiendo que pueda ser que como tal tenga derecho de tanteo y retracto, y por ello la duda.
De ser así, o de ser que no, la segunda es si es preciso que el juzgado le notifique el Auto de adjudicación al tercero (que será como siempre el banco), para que utilice tales derechos
Gracias