por Carlos Valiña » Mar 02 Mar 2010 11:32 pm
La verdad es que en ocho años de juzgados civiles creo que no tuvimos un solo asunto de sucesiones asi es que creo que mas alla de mirar las leyes poco te puedo decir.
Mi impresion, sin haberlas mirado, es que eso no tiene pinta de procedimiento, porque el testamento original esta en la notaria, y consecuentemente imagino estara reflejado en el registro de actos de ultima voluntad.
Consecuentemente si hay algun heredero del individuo en cuestion, sera de su cuenta el ponerse en marcha.
Lo mas parecido a esto que puedo recordar fue el hallazgo de unas monedas por un taxista. Ahi le dimos traslado a la abogacia del Estado, pero el Juez empantano todo y nunca se las entregaron al que las hallo.
Como me parece que el estado es heredero de los bienes sin dueño, una opcion seria darle copia a la abogacia del estado, (si lo testado puede tener algun interes) y que la abogacia valore si tiene interes en el caso, o no merece la pena, y a lo mejor se te descuelga con alguna pista sobre lo que procede hacer.
Si nada resulta y a salvo que encuentres algun procedimiento especifico en la LEC, al archivo con el.
No es mucho pero no se mas.
Carlos.
La verdad es que en ocho años de juzgados civiles creo que no tuvimos un solo asunto de sucesiones asi es que creo que mas alla de mirar las leyes poco te puedo decir.
Mi impresion, sin haberlas mirado, es que eso no tiene pinta de procedimiento, porque el testamento original esta en la notaria, y consecuentemente imagino estara reflejado en el registro de actos de ultima voluntad.
Consecuentemente si hay algun heredero del individuo en cuestion, sera de su cuenta el ponerse en marcha.
Lo mas parecido a esto que puedo recordar fue el hallazgo de unas monedas por un taxista. Ahi le dimos traslado a la abogacia del Estado, pero el Juez empantano todo y nunca se las entregaron al que las hallo.
Como me parece que el estado es heredero de los bienes sin dueño, una opcion seria darle copia a la abogacia del estado, (si lo testado puede tener algun interes) y que la abogacia valore si tiene interes en el caso, o no merece la pena, y a lo mejor se te descuelga con alguna pista sobre lo que procede hacer.
Si nada resulta y a salvo que encuentres algun procedimiento especifico en la LEC, al archivo con el.
No es mucho pero no se mas.
Carlos.