por lujaroj » Jue 04 Mar 2010 8:54 pm
Estoy contigo, tiene un derecho de crédito y cuando él cobre, deberían haberse tomado las precauciones necesarias para que el dinero no se le entregue al deudor.
No creo que pueda pretender un embargo sobre los bienes del deudor de su deudor. Tiene un derecho de crédito, pero como el embargo no es un derecho real, no puede anotarse el derecho de embargo sobre un derecho de embargo.
Saludos, Luis
Estoy contigo, tiene un derecho de crédito y cuando él cobre, deberían haberse tomado las precauciones necesarias para que el dinero no se le entregue al deudor.
No creo que pueda pretender un embargo sobre los bienes del deudor de su deudor. Tiene un derecho de crédito, pero como el embargo no es un derecho real, no puede anotarse el derecho de embargo sobre un derecho de embargo.
Saludos, Luis