por Invitado » Mié 10 Mar 2010 4:56 pm
En una ejecución me pide el ejecutante, subsidiariamente, y toda vez que las demás medidas de averiguación han resultado infructuosas, que requiramos al órgano judicial competente francés para que, a su vez, requiera al órgano francés competente para que certifique si los ejecutados trabajan o han trabajado en Francia y para qué empresas.
Lo fundamenta en el Reglamento (CE) 1206/2001 de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil.
Lo he estado mirando en el prontuario, y por lo que veo sólo se refiere a la obtención de pruebas en materia civil y mercantil, pero no a la averiguación del patrimonio de los ejecutados.
Entiendo que hay que denegar lo que se pide. ¿Opiniones?
Muchas gracias.
Saludos.
En una ejecución me pide el ejecutante, subsidiariamente, y toda vez que las demás medidas de averiguación han resultado infructuosas, que requiramos al órgano judicial competente francés para que, a su vez, requiera al órgano francés competente para que certifique si los ejecutados trabajan o han trabajado en Francia y para qué empresas.
Lo fundamenta en el [i]Reglamento (CE) 1206/2001 de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil[/i].
Lo he estado mirando en el prontuario, y por lo que veo sólo se refiere a la obtención de pruebas en materia civil y mercantil, pero no a la averiguación del patrimonio de los ejecutados.
Entiendo que hay que denegar lo que se pide. ¿Opiniones?
Muchas gracias.
Saludos.