por Fidelma » Vie 21 May 2010 9:00 pm
Me parece que lo que ha hecho el ejecutante es llevarse más dinero de que quiere declarar, por eso no estaría mal y es que creo que sería lo apropiado, que en el decreto de adjudicación pusieras la cantidad que efectivamente ha recibido por la realización forzosa del bien embargado, ya que es ese dinero lo que se ha obtenido con su venta y no lo que haya podido decir en la subasta. De todas formas si no quieres decidir puedes conceder un plazo a la parte para que te lo aclare.
Me parece que lo que ha hecho el ejecutante es llevarse más dinero de que quiere declarar, por eso no estaría mal y es que creo que sería lo apropiado, que en el decreto de adjudicación pusieras la cantidad que efectivamente ha recibido por la realización forzosa del bien embargado, ya que es ese dinero lo que se ha obtenido con su venta y no lo que haya podido decir en la subasta. De todas formas si no quieres decidir puedes conceder un plazo a la parte para que te lo aclare.