por fernández soriano » Mar 01 Jun 2010 8:43 am
Entiendo que si la ampliación deriva del mismo título ejecutivo del que ya se ha despachado ejecución, no debe dictarse nuevo auto de ejecución, sino un decreto ampliando la ejecución, concretando el nuevo principal y costas presupuestadas, ampliar los embargos de haberse producido estos, y cualquier otra medida pertinente.
Saludos.
Entiendo que si la ampliación deriva del mismo título ejecutivo del que ya se ha despachado ejecución, no debe dictarse nuevo auto de ejecución, sino un decreto ampliando la ejecución, concretando el nuevo principal y costas presupuestadas, ampliar los embargos de haberse producido estos, y cualquier otra medida pertinente.
Saludos.