por Invitado » Mié 30 Jun 2010 5:20 pm
Os cuento
En una cuenta de Letrado el deudor pagó en el momento del rquerimiento, hice el mandamiento, se llamó a la Letrada y no lo recogía.
El mandamiento queda traspapelado dentro del asunto y yo al hilo de pagar unos intereses , me meto en la cuenta y recordando que lo había hecho y sin reparar en que al caducar el mandamiento de 240 euros , la cuenta expediente resultaba con saldo, volví a expedir el mandamiento como sobrante por los 240 euros, y se lo devuelvo al deudor. Cuando me dí cuenta,pensé que por la pequeña cantidad enseguida lo devolvería.
Pues bien, llevo 2 años requiriéndole por exhorto bajo apercibimiento de apropiación indebida para que me lo devuelva y no lo hace. No hemos podido cogerle dinero en cuentas ni salario porque es autónomo. La letrada ha pedido embargo de un coche y de un plan de pensiones.Lo primero vale, pero lo segundo hasta que no pueda rescatarse, pues nada que hacer. No ha pedido ser depositaria del coche.
Lo he citado para que venga al popio Juzgado a ver si se asusta, en lugar del Juzgado de Paz, para requerirle una vez más, y me han devuelto el exhorto negativo . La abogada cada vez que me ve, me recuerda el tema .
Voy a oficiar a la Guardia Civil del pueblo para averiguar paradero.
Las preguntas son :
¿La Guardia Civil puede informar de bienes como se hacía en penal ?
Con independencia de deducir testimonio, algo a lo que me resisto porque supongo que tendré que declarar en instrucción, ¿ tengo que comentárselo al seguro de responsabilidad civil ? ¿Tengo que agotar el embargo del coche ?
Me dan ganas de darle los 200 euros a la abogada porque ya me estoy poniendo nerviosa.
Os cuento
En una cuenta de Letrado el deudor pagó en el momento del rquerimiento, hice el mandamiento, se llamó a la Letrada y no lo recogía.
El mandamiento queda traspapelado dentro del asunto y yo al hilo de pagar unos intereses , me meto en la cuenta y recordando que lo había hecho y sin reparar en que al caducar el mandamiento de 240 euros , la cuenta expediente resultaba con saldo, volví a expedir el mandamiento como sobrante por los 240 euros, y se lo devuelvo al deudor. Cuando me dí cuenta,pensé que por la pequeña cantidad enseguida lo devolvería.
Pues bien, llevo 2 años requiriéndole por exhorto bajo apercibimiento de apropiación indebida para que me lo devuelva y no lo hace. No hemos podido cogerle dinero en cuentas ni salario porque es autónomo. La letrada ha pedido embargo de un coche y de un plan de pensiones.Lo primero vale, pero lo segundo hasta que no pueda rescatarse, pues nada que hacer. No ha pedido ser depositaria del coche.
Lo he citado para que venga al popio Juzgado a ver si se asusta, en lugar del Juzgado de Paz, para requerirle una vez más, y me han devuelto el exhorto negativo . La abogada cada vez que me ve, me recuerda el tema .
Voy a oficiar a la Guardia Civil del pueblo para averiguar paradero.
Las preguntas son :
¿La Guardia Civil puede informar de bienes como se hacía en penal ?
Con independencia de deducir testimonio, algo a lo que me resisto porque supongo que tendré que declarar en instrucción, ¿ tengo que comentárselo al seguro de responsabilidad civil ? ¿Tengo que agotar el embargo del coche ?
Me dan ganas de darle los 200 euros a la abogada porque ya me estoy poniendo nerviosa.