por viñals » Vie 30 Jul 2010 11:36 am
Agradeciendo de antemano la ayuda que me podais prestar os cuento. En una ejecucion hipotecaria garantizada por pagare me presenta escrito la actora diciendo que le han pagado ( uno menos) y me solicitan diligencia de anulacion de pagare hipotecario y realizada la misma librar mandamiento de cancelacion al registro de la propiedad para levantar la carga por pago.
Alguien podria decimer como es esa diligencia? Debo realizarla en el propio pagare? El mandamiento al registro tiene alguna especialidad o simplemente el testimonio del archivo por pago con el que cierro el procedimiento? Debo tener alguna especialidad en cuenta?
Gracias de nuevo.
Agradeciendo de antemano la ayuda que me podais prestar os cuento. En una ejecucion hipotecaria garantizada por pagare me presenta escrito la actora diciendo que le han pagado ( uno menos) y me solicitan diligencia de anulacion de pagare hipotecario y realizada la misma librar mandamiento de cancelacion al registro de la propiedad para levantar la carga por pago.
Alguien podria decimer como es esa diligencia? Debo realizarla en el propio pagare? El mandamiento al registro tiene alguna especialidad o simplemente el testimonio del archivo por pago con el que cierro el procedimiento? Debo tener alguna especialidad en cuenta?
Gracias de nuevo.