por Invitado » Mié 15 Sep 2010 1:04 am
En una formación de inventario es obligatorio que comparezcan los interesados, abogados y procuradores? Si no comparece el interesado pero si su procurador, se le tendría por comparecido o es necesaria la comparecencia personal de los intersados?
Muchas gracias.
En una formación de inventario es obligatorio que comparezcan los interesados, abogados y procuradores? Si no comparece el interesado pero si su procurador, se le tendría por comparecido o es necesaria la comparecencia personal de los intersados?
Muchas gracias.