Sobre la ratificación en los escritos de particulares

Publicar una respuesta


Esta pregunta es una forma de evitar inserciones automatizadas por Spambots.
Emoticonos
:D :) :( :o :shock: :? :cool: :lol: :x :P :oops: :cry: :evil: :twisted: :mrgreen: :RotoDeRisa: :roll: :wink: :| :arrow: :?: :!: :whistling: Monito-nono :filaaplausos: :filalupa: :pensativo: :monito-me-dejas-ko: monitobeso001 chocala :doa2: :monito-asco: :cabezazo2: :censored: :dedoscruz: :descojone: :oleole :monito-normas-foro: :monito-llamada-orden: :monito-megafono: :monito-juez-2: :monito-cabreo-agudo: :monito-maldiciones: :cabreado: :monito-confused: :monito-corazones: :monito-me-callo: :monito-necesito-cafe: :monito-rezo: :monito-vomito-4: :monito.cheer: :monito-burla: :monito-berrinche: :quebien: :quetefollen: :cremallera: :buabua: :babeando: :sleepingsmiley012: :affraid: :pckk: :cutrefunciones: :NegroJuzgado: :NegroIudiciorum: :parienta: :monito-secresoso: :bienhecho: :gracias: :monito-buen-post: :noloentiendo:
Ver más emoticonos

BBCode está habilitado
[img] está habilitado
[url] está habilitado
Emoticonos están habilitados

Revisión de tema
   

Expandir vista Revisión de tema: Sobre la ratificación en los escritos de particulares

por Invitado » Dom 17 Oct 2010 12:08 am

¿Y lo exiges sólo para particulares que actúen en su propio nombre o también cuando actúa en representación de una persona jurídica?

Yo creo que voy a empezar a acudir a esta posibilidad cada vez menos, porque te atasca un montón los procedimientos.

Saludos.

por delme » Sab 16 Oct 2010 9:44 pm

Efectivamente no existe la obligación de ratificación, yo lo pido al amparo del art 274.2, es decir para que firme todas las copias respondiendo de su exactitud, el 80% no viene y monitorio al cajón.

por Invitado » Jue 14 Oct 2010 10:40 pm

Supongo que, porque si él, por razones que se me escapan, considera que si falta la ratificación debería inadmitirse la demanda, eso es competencia suya, y existiría conflicto.

Pero es que yo tampoco he logrado encontrar fundamento legal a esa necesidad de ratificación, aunque me consta que se exige en más Juzgados.

Saludos.

por Invitado » Jue 14 Oct 2010 1:11 pm

al margen de evitar el mal rollo, ¿ que más te da lo que piense el juez en esta cuestión? Escucha su opinión, y luego decide con tu propio criterio.

Dicho esto, yo no creo necesario que tengan que ratificarse si vienen firmados.

por Invitado » Mié 13 Oct 2010 7:26 pm

Quiero recordar que en el antiguo juicio de cognición regulado en un Decreto de 1952, que podía presentarse sin Procurador, se exigía la ratificación de la demanda, pero la LEC 1/2000 lo
derogó.

¿En que norma procesal vigente se funda la exigencia judicial de ratificación de escritos presentados por no procurador?

Sobre la ratificación en los escritos de particulares

por recien llegado » Mié 13 Oct 2010 3:34 pm

Me surge la duda sobre todo en solicitudes iniciales de monitorios y verbales de escasa cuantía, pero también con cualquier otro escrito que se presente a lo largo de un proceso por un particular, bien en nombre propio, bien en nombre de alguna empresa.

Lo que venía haciendo era:

- Si lo presenta un particular en su propio nombre, requerirle para que se ratifique en el escrito en el Juzgado.

- Si lo presenta un particular (no procurador) como representante de una empresa, inadmitirlo.

- Si lo presenta un particular, como integrante del órgano de administración de una empresa... antes se le mandaba ratificar en el escrito, pero el nuevo Juez es más partidario de admintir sin más siempre que presente escritura o documentación acreditativa de que realmente forma parte del órgano de adminstración.

¿Cómo lo hacéis vosotros? ¿Qué hacéis cuando pedís a un particular que se ratifique y lo hace mediante otro escrito en vez de personalmente?

Muchas gracias.

Saludos.

Arriba