Depósito en reposición

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Re: Depósito en reposición

por CIVILIST@ » Vie 11 Nov 2016 11:42 am

Esta fue la respuesta a la consulta efectuada por los procuradores....
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Respuesta a procuradores deposito- 2013.doc
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Re: Depósito en reposición

por CIVILIST@ » Vie 11 Nov 2016 11:39 am

Sobre esta cuestión se han planteado diversas consultas al Ministerio de Justicia, que al tratarse de una cuestión estrictamente procesal no ha podido fijar un criterio vinculante, pero sí se ha remitido expresamente al criterio de la Comisión Jurídica Asesora de la NOJ (CAJ-NOJ) que informó en contra de pedir el depósito. Por lo tanto, como se indica en la consulta de 2013 evacuada ante una petición de los procuradores, la decisión de pedir depósito en tales casos deberá impugnarse recurriendo la resolución (dior) que así lo acuerde.

No obstante, creo que en este tema hay que ser auto-crítico, y que efectivamente, muchas veces nos puede la “soberbia” del cargo (igual que a los Jueces y Fiscales en sus respectivos ámbitos de actuación), a mí el primero, y nos empecinamos en pedir un depósito que no tiene base legal por el mero hecho de que nos molesta que nos cuestiones la decisión adoptada, pero no debería ser así. En mi caso hace ya muchos años que no lo pido, aunque en el momento inicial de su implantación sí lo hice.

Salvo que se trate de un recurso de revisión, no cabe exigir depósito ante las resoluciones de los Letrados de la Administración de Justicia, nos guste o no.

Otra cosa es que se pueda pedir de lege ferenda que se reforme la D.A que regula ese depósito para que se recoja expresamente ese supuesto, pero mientras eso no suceda habría que acatar la legalidad vigente, y no hay ningún argumento de suficiente peso para desvirtuar esa conclusión.

P.d. Para determinado forero que insiste recurrentemente en la posibilidad de que los superiores jerárquicos invadan nuestras competencias procesales (y que se regodea calificándonos de "auxiliares" del Juez), debería leer el siguiente párrafo del año 2013:
"La cuestión planteada se refiere a la interpretación de una norma procesal, y por tanto excede de las posibilidades de unificación de la actuación de los secretarios judiciales atribuidas tanto a la propia Secretaría General como a los Secretarios de Gobierno. Así se reconoció expresamente en la resolución de la consulta 18/2010, sobre constitución de depósitos en los recursos frente a resoluciones de los Secretarios Judiciales, que puede consultarse en el Portal de la Administración de Justicia, a través de la ruta Inicio>Profesionales>Abogados>Legislación y jurisprudencia>Marco normativo>Secretario General de la Administración de Justicia. Por tanto, las reclamaciones frente a las decisiones individuales de los secretarios judiciales deberán hacerse valer mediante los cauces procesales oportunos."
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Consulta 18-2010 depósitos.pdf
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Re: Depósito en reposición

por otro abogado que pasaba » Jue 10 Nov 2016 11:52 pm

Pues efectivamente, visto lo visto con algunas respuestas salidas de madre, sólo cabe decir:
1º. Si es temerario, dilatorio o merece razonadamente las costas, ahí está el castigo. Pocos recurso de reposición he visto yo desestimados con costas...
2º. Pero eso de "a priori" exigir depósitos porque sí, porque ATTCC (¿qué es eso por Dios?), tal y como lo ha dicho otro letrado, a sabiendas de que es injusto, simplemente "porque soy SJ y no me da la gana tramitarlos sin depósito" tiene un nombre y aun a riesgo de que se me echen encima los "pro depósito", puede denunciarse: y más aún viendo las "estupendas" razones jurídicas vertidas en el foro como defensa...
Repito: si es temerario, dilatorio, etc...pues se imponen costas (por favor, razonándolas) y punto. Lo de utilizar el depósito, siendo tan dudoso, no es de recibo

Re: Depósito en reposición

por jbr.abogado » Mar 21 Ene 2014 10:47 am

Hola:

Ya sabemos que no cabe interpretación por analogía, ni en penal ni en tributario y las tasas son de Derecho Tributario, sean del tipo que sea y estén reguladas en la ley que quieran, si en la ley no está que hay que pagar una tasa por algún concepto no se debe de exigir, porque no se debe de pagar. Dictar una resolución a sabiendas que es injusta tiene un nombre.

La verdad que no iba a contestar en este hilo, aunque ganas he tenido dos o tres veces y he borrado mis mensajes, pero no debemos de dar la impresión que la Justicia depende del que te toque (aunque la realidad diaria te demuestre que es así).

De todas formas sigo pensando que el “punto de mira” está desviado, por ahí no van los “tiros”.

Saludos,

jbr

Re: Depósito en reposición

por Invitado » Mar 21 Ene 2014 1:58 am

Me parece increíble que en 2014 todavía alguien se pregunte si cabe depósito contra las diligencias del SJ!!!

Está claro que no es necesario porque la ley no lo contempla, sea por error, por olvido o porque no nos considera suficientemente importantes. No me importa el motivo, peto no es exigible. Por vierto, por si alguno todavía no se ha dado cuenta, los recursos de apelación contra autos no están sujetos a la tasa judicial; aunque visto lo visto, más de uno requiere seguro.

En cuanto a los argumentos jurídicos que dan algunos en apoyo de la exigencia del depósito, ojiplático me dejan por su falta de contenido y por las ínfulas que destilan algunos por aquí. Y qué hay de los ciudadanos y sus derechos? Y del derecho al recurso? Y del principio pro-actione?

Re: Depósito en reposición

por Pena » Dom 19 Ene 2014 1:15 pm

Pues yo lo siento mucho, pero no estoy de acuerdo con vosotros.
El imponer un depósito que "no existe" por la simple razón de evitar que me recurran... no me parece razonable.
A mi que me recurran lo que tengan por conveniente, y yo resolveré en derecho, no me preocupa resolver mis recursos.
En cuanto a la procedencia del recurso me remito a todo lo dicho ya en hilo antiguo en el que se llegaba a la conclusión de que no se encontraba regulado en la ley.

Re: Depósito en reposición

por Terminatrix » Dom 19 Ene 2014 12:09 pm

Estoy con Helena-Águeda. Nada tiene que ver que fundamentes bien o no tus resoluciones. A veces, hay un claro ánimo dilatorio y de enmi :censored: el procedimiento a base de recursos. Se les ve el plumero corriendo y no les importa nada pagar los 25 euritos del depósito ni que los pongas a escurrir en el decreto resolutorio, así que :monito-normas-foro: y ATPCCC. :evil:

Re: Depósito en reposición

por jeni bladi » Sab 18 Ene 2014 11:53 pm

Hola, buenas tardes.

Newzel, sin ánimo de sembrar polémica, y en relación a lo que dices de que si fundamentas bien la dior no la recurren, te cuento un caso...

En el partido judicial en el que estoy /llevo un año, porque soy novata/, al principio, me recurrían "hasta los buenos días". Las otras compañeras exigían el depósito; yo, no, porque mi tutor entendía que no procedía.

En este partido hay un letrado que tiene 84 años (que, o se muerte, o lo mato yo), que cuando era el defensor del demandado, y con ánimo dilatorio, recurría absolutamente todas las resoluciones, y le daba igual su contenido.
Un día me llegó a recurrir el acta de designación de contador y perito en una DIH (en la que estuvo presente, y no dijo ni mú), porque el perito (obtenido el nombramiento por la lista de colegiados), era de otro partido judicial, y no tenía despacho abierto en el nuestro.
Cuando vi el recurso, casi me caigo... Obviamente se lo desestimé. Además, le impuse las costas, por mala fe procesal, abuso de derecho, etc. :parienta:

Al día siguiente, y a partir de este último recurso, pido depósito.
No voy a decir que no me recurran, pero nada que ver con la situación anterior. Y el abuelete este, no me volvió a recurrir más, porque es bastante tacaño, por lo que me cuentan. Cuando una resolución no le gusta, me larga un rollo impresionante, pero no utiliza la fórmula de recurso. Le ponemos, "se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el anterior escrito" y adelante con el curso del proceso.

Es mi experiencia, y reitero que la cuento sin ánimo de sembrar pólémica; simplemente, para que veas que "de todo hay en la viña del señor"

un saludo

Re: Depósito en reposición

por newzel » Sab 18 Ene 2014 5:29 pm

Siberina77 en su momentó lo razonó bastante bien. Existe la curiosa, ingenua y errónea creencia de que exigir el depósito para recurrir diligencias de ordenación evitará los recursos. Craso error. Fundamentad bien las diligencias, con jurisprudencia, y no os recurrirán. Por cierto, siberina77 por donde andas?? Se te echa muchiiiiiisimo de menos!!!!

Re: Depósito en reposición

por Invitado » Sab 18 Ene 2014 2:49 pm

SECREDELOS80 escribió:me parece un retroceso importante y ahora habrá mil y un recursos ya que sale "gratis"
Nunca había imaginado esta situación. El SGAJ asumiendo como plenamente adecuado el criterio (qué criterio?) de la CAJ. Pero si es una mera respuesta sin motivación alguna. Sólo dijeron"no, nunca". Pero no expusieron el porque. No se si era un Comité de sabios o no. Prefiero pensar que su laconismo se debe a que les pagaron poco o nada. Se lo quitaron de encima y AOCM (a otra cosa mariposa). O había partido de fútbol o que pero ahí quedó la impronta de insignes juristas. No, porque no. Y ahora viene el SGAJ y dice, ignorando'-/ el sistema de fuentes, ASÍ :TODOS. Si hubiera citado a la doctrina de la DGTributos. Que también yerra, pero esto. Sin argumentaron, me parecey un densa fuero. Yo creo que no han calculado el coste presupuestario que tiene tal decisión. Van salir telarañas en la cita especial 9900. No van sacar ni para la cuota de mantenimiento. Y se deja de recibir financiación para la plataforma informática

Re: Deposito para recurrir en reposición resoluciones del SJ

por Terminatrix » Sab 18 Ene 2014 10:44 am

Tenemos un hilo abierto en Civil en que ya estamos debatiendo la cuestión, así que uno tu hilo al ya abierto. :mrgreen:

Totalmente de acuerdo, compañer@s. Como seres "hubanos" :mrgreen: que somos, podemos meter la pata y no cuesta nada admitirlo, pero con los recursos estúpidos y dilatorios... ¡ATPCCC! :quebien:

Depósito en reposición

por SECREDELOS80 » Sab 18 Ene 2014 3:50 am

me parece un retroceso importante y ahora habrá mil y un recursos ya que sale "gratis"
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DEPOSITO RECURSO SECRES.pdf
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Re: Depósito en reposición

por Randomize » Sab 18 Ene 2014 3:11 am

Hola a todos!

Estoy con Terminatrix y Helena-Agueda, seguiré aplicandólo, al fin al cabo como dice la nota -que he leido hoy-, es una cuestión de interpretación procesal, excluida de la posiblidad del dictado de instrucciones de unificación ... (entonces para que se envía la nota??? -sin comentarios-)

Re: Depósito en reposición

por jeni bladi » Vie 17 Ene 2014 8:46 pm

Mejoras mi expresión de que me recurren "chuminadas"...
Me habéis provocado una buena carcajada, que no me viene nada mal después de andar metida en el oscuro mundo de la estadística; hay que reirse un poco, si no...

:gracias:

Saludos

Re: Depósito en reposición

por Top Secre » Vie 17 Ene 2014 8:36 pm

Esta expresión debería ser objeto de patente. "Dícese de la desestimación de un recurso con condena en costas por tratarse de una petición ridícula, inútil, dilatoria y basada en razones torticeras"

:descojone: :descojone: :descojone:

Re: Depósito en reposición

por jeni bladi » Vie 17 Ene 2014 8:34 pm

Buenísimo, y me lo apropio...

:mepartoderisa:
Saludos

Re: Depósito en reposición

por Administrador » Vie 17 Ene 2014 8:22 pm

Esto te va a gustar, Helena-Águeda :

Definición de ATPCCC

¿A que sí? :mrgreen:

Re: Depósito en reposición

por jeni bladi » Vie 17 Ene 2014 7:21 pm

Hola; esta mañana recibimos un correo de "nuestra" coordinadora, donde nos envía el correo que mi sindicato me remitió ayer. Decía que como era una cuestión procesal, no procedía dictar instrucción, pero que procuráramos unificar criterios.
Me doy por enterada...

ATPCCC? Qué es eso, que soy cortita...

Saludos

Re: Depósito en reposición

por Terminatrix » Vie 17 Ene 2014 5:35 pm

Tal cual. Por eso, leña al mono y ATPCCC, como dice Magistrado Granollers :mrgreen:

Re: Depósito en reposición

por jeni bladi » Jue 16 Ene 2014 10:31 pm

Hola, otra vez.

En principio, tengo intención de seguir exigiéndolo, salvo superior imposición,, claro está.

Estaba encantada ya que desde que lo exijo, me recurren lo imprescindible. Es que un dá me recurrieron una diligencia de ordenación en la que se acordaba el archivo de un declarativo en el que habían llegado a un acuerdo en el acto del juicio. La señoría de la puerta de al lado puso el auto homologándolo, y me recurren la diligencia de archivo alegando, entre otras chuminadas, que había error en la formación del consentimiento....
No sólo le pedí el depósito previo, sino que le desestimé la reposición por pretender modificar el auto a través del recurso de mi resolución de mero trámite, y que no modificaba la posición jurídica de la parte, y obviamente, le impuse las costas....

Re: Depósito en reposición

por Terminatrix » Jue 16 Ene 2014 10:00 pm

Dado que se trata de una cuestión de interpretación procesal
:monito-cabreo-agudo: ¿Y desde cuando la CJA ( :censored: ) es fuente del Derecho?
Pues lo voy a seguir exigiendo en mi libre e independiente interpretación de la LEC. Otra cosa es que mis superiores me den órdenes por escrito, que obviamente he de cumplir por muy ilegales que me parezcan :(

Re: Depósito en reposición

por jeni bladi » Jue 16 Ene 2014 9:33 pm

Buenas tardes, y qué golpe bajo (o putada), me había empezado a librar de recursos de reposición sobre "chuminadas"...

:monito-berrinche:


El Ministerio de Justicia a través del Subdirector General de Programación de la Modernización, ha establecido, a instancias del Consejo General de Procuradores, un criterio para la exigencia procesal del depósito para recurrir resoluciones del Secretario Judicial, en concreto que no cabe exigirlo más que cuando se trate de recursos de revisión.

Copiamos más abajo nota que el Ministerio ha enviado a las Secretarías de Gobierno para su difusión.

Saludos.

>>El Consejo General de Procuradores ha manifestado a la Secretaría General de la Administración de Justicia la existencia de criterios dispares en los distintos órganos judiciales a la hora de exigir depósito para recurrir frente a las resoluciones dictadas por los Secretarios judiciales.

Dado que se trata de una cuestión de interpretación procesal, excluida de la posibilidad del dictado de instrucciones de unificación de criterios competencia de la Secretaría General, pero resulta del máximo interés que se observe una actuación común en todos los procedimientos tramitados. Por ello, se ruega la difusión entre los Secretarios judiciales de vuestro territorio del criterio adoptado por la Comisión Jurídica Asesora a este respecto, plenamente asumido como adecuado desde la Secretaría General, que establece:


¿Cabe exigir depósito para recurrir en reposición contra resoluciones dictadas por el SJ?

No, únicamente cabe exigirlo cuando se recurre en revisión

De igual manera, se recuerda la conveniencia de consultar el Compendio de Cuestiones de la Comisión Jurídica Asesora, disponible en el Portal de la Administración de Justicia a través de la ruta Inicio> Información institucional> Oficina Judicial> Centro de Documentación> Comisión Jurídica Asesora, que recoge pronunciamientos orientativos sobre múltiples cuestiones de interés para la adecuada tramitación de los procedimientos.<<

Un saludo,

Re: Depósito en reposición

por Top Secre » Mar 12 Nov 2013 10:59 pm

Muchas gracias, Helena-Agueda.

Lo pego en oferta y demanda de modelos, que nos viene muy bien.

Re: Depósito en reposición

por jeni bladi » Mar 12 Nov 2013 9:49 pm

Perdón, olvidé el "bicho"; ahí va...
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fundamento recurso depósito.doc
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Re: Depósito en reposición

por jeni bladi » Mar 12 Nov 2013 9:42 pm

Buenas tardes; ahí os va el fundamento jurídico de un decreto desestimando un recurso de reposición interpuesto contra una diligencia de ordenación donde se exigía la previa constitución del depósito de 25 euros, por si fuere de interés.

saludos

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