por invitado91 » Mié 29 Dic 2010 12:40 am
Bueno yo entiendo que la mera manifestación expresa de la insolvencia actual, por quien tenga la capacidad y representación para ello es suficiente para su admisión. Tampoco creo que daba exigirse tasa, que si deberá exigirse al presentar el concurso.
El procedimiento comienza y termina con la resolución que lo admite a trámite y otorga el plazo.
Su admisión impide la tramitación de las solicitudes de concurso necesario respecto del mismo deudor durante un periodo de cuatro meses (3+1).
Saludos.
Bueno yo entiendo que la mera manifestación expresa de la insolvencia actual, por quien tenga la capacidad y representación para ello es suficiente para su admisión. Tampoco creo que daba exigirse tasa, que si deberá exigirse al presentar el concurso.
El procedimiento comienza y termina con la resolución que lo admite a trámite y otorga el plazo.
Su admisión impide la tramitación de las solicitudes de concurso necesario respecto del mismo deudor durante un periodo de cuatro meses (3+1).
Saludos.