por Top Secre » Lun 30 May 2011 5:01 pm
Yo tampoco veo ningún problema en hacerlo mediante D.O. Es más, precisamente este trámite cumplimentado mediante diligencia de ordenación se corresponde perfectamente con el fondo y la forma de esta resolución. No se necesita más.
Si que es verdad que a veces tendemos a poner resoluciones mucho más reforzadas en estas cuestiones por querer cubrirnos y evitar nulidades o recursos posteriores ( quien puede lo más, puede lo menos, la abundancia no daña etc...).
Pero tenemos que acostumbrarnos a usar sin miedo las diligencias de ordenación para lo que son, como es el caso.
Independientemente de que el Fiscal lo encuentre "conforme a derecho" ( bonita frase muy socorrida que a mí nunca me dice nada).
Saludos.
Yo tampoco veo ningún problema en hacerlo mediante D.O. Es más, precisamente este trámite cumplimentado mediante diligencia de ordenación se corresponde perfectamente con el fondo y la forma de esta resolución. No se necesita más.
Si que es verdad que a veces tendemos a poner resoluciones mucho más reforzadas en estas cuestiones por querer cubrirnos y evitar nulidades o recursos posteriores ( quien puede lo más, puede lo menos, la abundancia no daña etc...).
Pero tenemos que acostumbrarnos a usar sin miedo las diligencias de ordenación para lo que son, como es el caso.
Independientemente de que el Fiscal lo encuentre "conforme a derecho" ( bonita frase muy socorrida que a mí nunca me dice nada).
Saludos.