Lo que debo saber en un Juzgado de lo Penal

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Revisión de tema
   

Expandir vista Revisión de tema: Lo que debo saber en un Juzgado de lo Penal

por invitado 2:29 » Lun 26 Mar 2012 2:34 pm

Gracias, fui yo quien inicié este hilo. Intentaré quedarme con todo lo que me explicais. :)

por Carlos Valiña » Jue 22 Mar 2012 2:03 am

Pues realmente.... no se muy bien que decirte :roll: :P

Cada equipo es un mundo y cada Secretario es un mundo.

1) Obligado.

Llegar, observar y no cambiar nada en varios meses salvo que la necesidad del cambio se imponga.

2) Obligado.

Visita a los compañeros.

Opcional tanteo sutil para sacar informacion, mas atento a las actitudes que a lo que te cuenten.

3) Obligado Vistazo a las estadisticas y comparacion con las de tus homologos.

4) Opcional: Llamar a tu predecesor en el cargo y que te cuente algo. No debes dejar que te mediatice.

El objetivo de todo esto es hacerte una idea rapida de la carga de trabajo, y las otras dos patas de la nave espacial, juez y funcionarios.

El control de presos es sobre todo del Juez. Los Funcionarios que llevan causas con preso suelen llevar tambien su propio control. Puedes llevar uno adicional, mas el de prision serian cuatro. Como bien te han dicho presos preventivos hay poquisimos y estan vigiladisimos.

En las ejecutorias las resoluciones en materia de penas son del juez, a ti te queda una funcion de impulsion del proceso en la parte penal en todo lo que es mero tramite obligado, lo que serian las antiguas diilgencias de ordenacion.

En materia de indemnizaciones y entrega de cantidades y lios de todo tipo en este ambito, asi como embargos y demas sean para multas sean para indemnizaciones la guerra es tuya.

Tasaciones de costas, mandamientos de devolucion y transferencias de multas, revision de la cuenta buscando cantidades olvidadas.

Si llevas violencia domestica, puede que sean los Funcionarios los que graban los datos y puede que seas tu, has de asegurarte de que el registro esta al dia, en el peor de los casos, asegurate de que en toda liquidacion de prohibicion de aproximacion y comunicacion consta en el registro la fecha inicial y final, si te detienen a alguien que no tenia el tema en vigor y lo tienen dos dias en calabozo, puede convertirse en un problema.

Habria que revisar tambien los buscas y capturas por si estan vivos pero en realidad ya no proceden.

Has de enviar los antecedentes penales por el sistema minimo cada diez dias, si no lo haces, se caducan no se pueden recuperar y hay que rehacerlos enteros. Esto es importante.

Has de enviar los asuntos del registro de violencia domestica si los hacen los funcionarios.

Yo entro en Sala, habras de decidir si entras o no.

El registro de violencia esta lleno de alertas que hay que mirar, tambien hay peticiones de cancelacion de antecedentes por el sistema,....

La prescripcion de asuntos es un problema en un juzgado colapsado, si hay una rotacion natural de los asuntos y un buen ritmo no es tan grave, porque habra pocas prescripciones y las que hayan sera la unica forma de quitarse de encima algunas causas imposibles.

Cutrefunciones de toda indole, contestar oficios de toda laya, mandando datos y peticiones de informacin a unos y otros, llevar controles internos para poder hacerte las estadisticas, actualizar constantenmente las claves de funcionarios, informar permisos, oficiar al Rcpvd para que reabran expedientes cerrados sin motivo, arquear asuntos para resolver enturtos de indemnizaciones, prorratear cantidades cuando las indeminizaciones se consignan parcialmente, dirimir controversias entre funcionarios, entre funcionarios y profesionales, señalar en la agenda en el marco que te haya dado el juez, si no lo hace el directamente, oficios a gerencia para conseguir cosas,....

no se realmente muy bien que es lo que hago aqui, pero bueno el caso es que aqui estoy y vamos mejorando....a pesar de mi, que no a mi pesar :P

Saludos.

por ELY » Mié 21 Mar 2012 10:18 pm

Los presos no son un problema en un juzgado penal, normalmente no tendrás mas de 3 o 4 causas con preso, señalándolos en cuanto entren no hay más problema, tal vez los plazos en caso de apelación, que en muchos lados se soluciona con lo del auto de “media pena”.
LO IMPORTANTE EN UN PENAL SON LAS EJECUTORIAS, donde puede existir responsabilidad grave es alli, recuerda el caso Mari Luz.
En los juicios orales del P.A., entran, y cuando toque según la agenda de señalamientos se incoan y señalan y ya esta, que pasan 2 años, sin problemas, con que revises antes de la prescripción de 3 años basta ( ojo a las calumnias de 1 año de prescripción)
En las ejecutorias hay que ver el tema de las suspensiones y sustituciones, y que no prescriban las penas de prisión. Lo peor que puede haber es un condenado a pena de prisión que este en el limbo, esto es que no este cumpliendo, ni suspendida o sustituida la pena. Ojo con los plazos voluntarios para ingreso en prisión, mejor no darlos ya que hay que controlarlos.
Las ejecutorias pendientes de incoar pueden ser un problema, da preferencia a las incoaciones de VSM y penas de prisión, el que los CIBAS pasen un año sin incoar, no da problemas.
Como veras son muchas teclas, pero es bonito el destino.
Ah!! Respecto al dinero, no hay que obsesionarse, además ahora la productividad en penal es una mierda, por lo que las transferencias al tesoro tampoco tienen una prisa grande, prioriza las entregas de dinero a las victimas, con una vez al mes que dediques un día a hacer mandamientos, sobra.
Bueno, te contaría más pero primero aterriza y luego ya veras como funcionan las cosas.
Un saludo y suerte.

por Magistrado Granollers » Mié 21 Mar 2012 9:17 pm

Como decía mi tutor (Que además fue antes Secretario), las dos cosas que pueden darte problemas en un Juzgado son P&P (No el partido popular :wink:), sino PRESOS Y PASTA.

Moraleja: Los presos siempre bien controlados y dación de cuenta por escrito al juez de todo lo que se mueva y lo que esté quieto en ese ámbito por si las moscas, y nunca pagar nada sin mirarlo dos veces. Pagar tarde no es demasiado problema, pagar a quien no se debe o mas de lo que se debe o cuando no se debe, sí.

Saludos y suerte

por violet » Mié 21 Mar 2012 8:44 pm

compañero, se me olvidó decirte y es una de las cosas que se hace todos los días: remisión multas al Tesoro Público y emisión mandamientos de devolución de indemnizaciones.

por violet » Mié 21 Mar 2012 6:33 pm

Sin perjuicio de que cada Juzgado es un mundo, durante el tiempo que he estado en diferentes Juzgados de lo Penal, fundamentalmente controlaba exhaustivamente todos los procedimentos que llegaban de J. instrucción, dando preferencia al señalamiento de las causas con preso y de las de violencia de género; control de las diligencias urgentes que llegan de instrucción porque algunas veces llegaban incompletos o sin las citaciones practicadas, control fecha en que cumplen los penados (aunque ya se encargan los establecimientos penitenciarios de recórdartelo bastante tiempo antes), visado de las anotaciones de Registro de penados y rebeldes y registro de violencia; en uno de ellos yo practicaba las liquidaciones de condena de penas privativas de libertad, las otras las hacían los funcionarios; embargo y subasta de bienes en las ejecutorias; control exhaustivo de incoación de ejecutorias y seguimiento para efectiva ejecución de penas. Seguramente se me olvidan cosas que te harán saber los compañeros del foro, ya que hace algún tiempo que no estoy trabajando en un penal. Francamente, cuando he estado en los Juzgados de lo Penal he estado mil veces mejor que en los mixtos, máxime si tienes una buena plantilla. Te deseo mucha suerte.

por Terminatrix » Mié 21 Mar 2012 3:37 pm

Eso te lo va a explicar rápidamente Carlos Valiña :wink:
Un saludo .

Lo que debo saber en un Juzgado de lo Penal

por Invitado » Mié 21 Mar 2012 3:29 pm

Me han destinado a un Juzgado de lo Penal y pediría a quien lo tenga a bien que me indique qué he de tener en cuenta sobre todo y qué habré de hacer allí.
Gracias a todos.

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