por ELY » Mié 22 Ago 2012 5:06 pm
yo voto por la solución que aporta Carlos, y así no dices nada.
Pero si las sacas el 3 de septiembre, en mi opinión, el IVA debe ser del 18% que es el aplicable cuando te lo solicitan, ya que se entiende que te piden tasación de costas y te aportan las minutas que "en ficción juridica" el cliente abonó a sus abogados y procuradores, por lo que incluirle el iva al 23% podría suponer un enriquecimiento injusto de la parte que tiene que cobrarlo.
Hay que tener en cuenta que el iva plasmado en la minita ya esta devengado y debería haberse ingresado ya a la AEAT, pero bueno, en este pais ya se sabe lo del iva....
Reitero, pon la fecha del 31 de julio, o la ultima del dia que estabas, aunque la notificación no se haga en el plazo de 3 días.
MI RECOMENDACION: siempre entre dos indiferentes juridicos, opta por lo mas sencillo y mejor para el juzgado, tu salud y tus conciudadanos te lo agradeceran....
yo voto por la solución que aporta Carlos, y así no dices nada.
Pero si las sacas el 3 de septiembre, en mi opinión, el IVA debe ser del 18% que es el aplicable cuando te lo solicitan, ya que se entiende que te piden tasación de costas y te aportan las minutas que "en ficción juridica" el cliente abonó a sus abogados y procuradores, por lo que incluirle el iva al 23% podría suponer un enriquecimiento injusto de la parte que tiene que cobrarlo.
Hay que tener en cuenta que el iva plasmado en la minita ya esta devengado y debería haberse ingresado ya a la AEAT, pero bueno, en este pais ya se sabe lo del iva....
Reitero, pon la fecha del 31 de julio, o la ultima del dia que estabas, aunque la notificación no se haga en el plazo de 3 días.
[color=#BF00BF]MI RECOMENDACION: siempre entre dos indiferentes juridicos, opta por lo mas sencillo y mejor para el juzgado, tu salud y tus conciudadanos te lo agradeceran....[/color]