por jbr.abogado » Vie 07 Jun 2013 9:43 pm
Buenas tardes:
Me acaban de pasar esta información:
Acuerdo no jurisdiccional de TS Sala Social: exención de tasas en Laboral a trabajadores, beneficiarios de SSocial y sindicatos que actúen en defensa de intereses de trabajadores. Resumen y texto íntegro.
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Pod ... den_Social
No os perdáis un dato : entre los argumentos del TS está el de citar DECLARACIONES DEL PROPIO GALLARDON.
El argumento de fondo ya había sido utilizado, análogo, por el TSJ País Vasco y TSJ Canarias, menos perfilado y sin "actualizar" con los datos del RDL 3/2013. Puesto que se basa en legalidad y no en inconstitucionalidad, el "problema" puede ser arreglado con la nueva Ley de Justicia Gratuita que el Sr. Ministro ha prometido para el verano. No hay que cejar en la presión, primero porque se echa encima la nueva ley, quién sabe con qué contenido finalmente, y segundo porque quedan todos los demás casos.
La resolución abre la vía para DOS COSAS:
• Devolución de tasas para los que las pagaron indebidamente
• Y reclamación de responsabilidad patrimonial para los que NO pudieron pagar, con las dificultades lógicas de prueba.
Saludos cordiales,
jbr
Buenas tardes:
Me acaban de pasar esta información:
[b]Acuerdo no jurisdiccional de TS Sala Social: exención de tasas en Laboral a trabajadores, beneficiarios de SSocial y sindicatos que actúen en defensa de intereses de trabajadores. Resumen y texto íntegro.[/b]
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Noticias_Judiciales/TS_exime_del_pago_de_tasas_a_trabajador__beneficiario_de_la_S__Social__funcionario_o_sindicato_que_recurra_en_suplica_o_casacion_en_el_Orden_Social
No os perdáis un dato : entre los argumentos del TS está el de citar DECLARACIONES DEL PROPIO GALLARDON.
El argumento de fondo ya había sido utilizado, análogo, por el TSJ País Vasco y TSJ Canarias, menos perfilado y sin "actualizar" con los datos del RDL 3/2013. Puesto que se basa en legalidad y no en inconstitucionalidad, el "problema" puede ser arreglado con la nueva Ley de Justicia Gratuita que el Sr. Ministro ha prometido para el verano. No hay que cejar en la presión, primero porque se echa encima la nueva ley, quién sabe con qué contenido finalmente, y segundo porque quedan todos los demás casos.
La resolución abre la vía para DOS COSAS:
• Devolución de tasas para los que las pagaron indebidamente
• Y reclamación de responsabilidad patrimonial para los que NO pudieron pagar, con las dificultades lógicas de prueba.
Saludos cordiales,
jbr