por halcón maltés » Jue 16 May 2013 11:05 pm
Hola a todos. Me he puesto a revisar las ejecutorias de faltas y me están apareciendo cosas raras. De momento lo voy solucionando pero tengo una que no sé qué hacer. La ejecutoria se abre en marzo de 2009. El condenado tiene que pagar 700 euros de indemnización. Solicita el pago aplazado, se admite, pero no paga. Hasta que en marzo de 2010 paga los 700 euros de golpe. El denunciante presenta una liquidación de intereses por importe de 77 euros, se da traslado al condenado y la impugna, y luego, en lugar de señalar vista, se vuelve a dar traslado al denunciante. Esto último se hace en febrero de 2011. Y ahora voy yo y me lo encuentro y no sé qué hacer. Había pensado poner una diligencia de ordenación diciéndole al denunciante que si, dado el tiempo transcurrido, aún mantiene su pretensión. Pero no sé si esto es correcto. Agradezco cualquier orientación o ayuda.
Hola a todos. Me he puesto a revisar las ejecutorias de faltas y me están apareciendo cosas raras. De momento lo voy solucionando pero tengo una que no sé qué hacer. La ejecutoria se abre en marzo de 2009. El condenado tiene que pagar 700 euros de indemnización. Solicita el pago aplazado, se admite, pero no paga. Hasta que en marzo de 2010 paga los 700 euros de golpe. El denunciante presenta una liquidación de intereses por importe de 77 euros, se da traslado al condenado y la impugna, y luego, en lugar de señalar vista, se vuelve a dar traslado al denunciante. Esto último se hace en febrero de 2011. Y ahora voy yo y me lo encuentro y no sé qué hacer. Había pensado poner una diligencia de ordenación diciéndole al denunciante que si, dado el tiempo transcurrido, aún mantiene su pretensión. Pero no sé si esto es correcto. Agradezco cualquier orientación o ayuda.