¿Qué se ha de entender por domicilio habitual del deudor?

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Expandir vista Revisión de tema: ¿Qué se ha de entender por domicilio habitual del deudor?

Re: QUE SE HA DE ENTENDER POR DOMICILIO HABITUAL DEL DEUDOR

por Terminatrix » Lun 07 Oct 2013 5:23 pm

MIRTA, te edito el título por no ser acorde a las normas de posteo.
:arrow: Titula el tema correctamente

Evita poner títulos como "Ayuda urgente", "Tengo una pregunta", "hipotecario" , "costas" o similar. A nadie le interesa tu urgencia y a pocos les apetecerá empezar a leer un tema planteado así, que no te hayas molestado ni en titular.

Piensa que el tiempo es oro, y los lectores que pueden contestarte entrarán a leer -y eventualmente responder- sólo los temas que conozcan. Ayúdales.

Al respecto, os pedimos que cuidéis los siguientes aspectos:
- Observad cómo están escritos los otros títulos del foro. Eso da una idea de cómo titular el nuevo que vamos a escribir
- Cuidad la grafía (mayúsculas, minúsculas). No escribas el título en mayúsculas. Un tema no ha de resaltar más que otro, todos tienen el mismo valor.
- Cuidad la ortografía (acentos, abreviaturas). Tanto por corrección como por facilitar las búsquedas posteriores. No es lo mismo buscar "tasacion" que "tasación".

¿Qué se ha de entender por domicilio habitual del deudor?

por MIRTA » Lun 07 Oct 2013 5:10 pm

En la ejecución hipotecaria, en caso de subasta desierta, a la hora de aplicación del porcentaje de adjudicación por parte del acreedor ¿que ha de entenderse por domicilio habitual del deudor?. Y si es el domicilio habitual del avalista pero el deudor es otra persona?
Y si es el domicilio habitual de la madre del deudor?.
¿ Y si es el domicilio habitual de la mujer del deudor?
¿Y si el deudor es una empresa y vive en ella un socio que avaló?. En este caso el socio tambien es deudor. Se le aplicaría el porcentaje de 70%?.
En definitiva tengo estas dudas. La ley no la aclara. Se limite a decir domicilio habitual del deudor

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