por Randomize » Lun 12 May 2014 12:42 am
Hola a todos!
No es fácil decidirse con los datos aportados.
Abrir un incidente de oposición exclusivamente respecto de la posible alegación de la nulidad de algunas de las cláusulas del préstamo o crédito hipotecario garantizado con la hipoteca, tiene como efecto la suspensión del curso del proceso hasta la resolución del incidente, conforme a lo previsto en el artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el supuesto de no suspender el trámite se podría producir una situación irreversible con clara vulneración del derecho de defensa del ejecutado hipotecado y clara infracción de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
No obstante lo anterior, ha de considerarse qué es lo que se resolvió y qué es lo que se recurre, pues no es lo mismo que se solicite el sobreseimiento de la ejecución cuando se base la oposición en una claúsula que fundamente la ejecución, que la inaplicación de una cláusula concreta que se haya declarado abusiva.
Hola a todos!
No es fácil decidirse con los datos aportados.
Abrir un incidente de oposición exclusivamente respecto de la posible alegación de la nulidad de algunas de las cláusulas del préstamo o crédito hipotecario garantizado con la hipoteca, tiene como efecto la suspensión del curso del proceso hasta la resolución del incidente, conforme a lo previsto en el artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el supuesto de no suspender el trámite se podría producir una situación irreversible con clara vulneración del derecho de defensa del ejecutado hipotecado y clara infracción de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
No obstante lo anterior, ha de considerarse qué es lo que se resolvió y qué es lo que se recurre, pues no es lo mismo que se solicite el sobreseimiento de la ejecución cuando se base la oposición en una claúsula que fundamente la ejecución, que la inaplicación de una cláusula concreta que se haya declarado abusiva.