por jeni bladi » Dom 18 May 2014 10:28 pm
Hola, buenas...
El DOGA es el diario oficial de mi Comunidad Autónoma.
Entre el la página del mismo, con una clave que en su día me facilitaron, cubro los datos y meto el encabezado y fallo de la senentencia, como documento adjunto.
Cuando lo han publicado, me envía un correo electrónico, confirmándomelo y si no, de vez en cuando entro y miro (ya me dicen, más o menos, el tiempo que tardarán en publicarlo).
En cuanto al tiempo que tiene que transcurrir para entender notificada la resolución al rebelde, computas los días desde el siguiente al de la publicación del edicto.
Es que no sé cómo publicáis los edictos en Andalucia; en Galicia, desde hace un par de años (creo recordar), se hacen así, ya que no sirven ejemplares en soporte papel.
Efectivamente, tienes razón en que la publicación se hace por edictos en el diario oficial de la C.A., pero ignoro cómo se hace ahí, pero tanto en soporte informático, como en papel, los derechos de publicación los paga a quien le interesa que la notificación se haga, es decir, generalmente al actor.
Espero haberte aclarado algo y, si no, pregunta lo que quieras, que dentro de mi inexperiencia, lo que te haga falta.
Hola, buenas...
El DOGA es el diario oficial de mi Comunidad Autónoma.
Entre el la página del mismo, con una clave que en su día me facilitaron, cubro los datos y meto el encabezado y fallo de la senentencia, como documento adjunto.
Cuando lo han publicado, me envía un correo electrónico, confirmándomelo y si no, de vez en cuando entro y miro (ya me dicen, más o menos, el tiempo que tardarán en publicarlo).
En cuanto al tiempo que tiene que transcurrir para entender notificada la resolución al rebelde, computas los días desde el siguiente al de la publicación del edicto.
Es que no sé cómo publicáis los edictos en Andalucia; en Galicia, desde hace un par de años (creo recordar), se hacen así, ya que no sirven ejemplares en soporte papel.
Efectivamente, tienes razón en que la publicación se hace por edictos en el diario oficial de la C.A., pero ignoro cómo se hace ahí, pero tanto en soporte informático, como en papel, los derechos de publicación los paga a quien le interesa que la notificación se haga, es decir, generalmente al actor.
Espero haberte aclarado algo y, si no, pregunta lo que quieras, que dentro de mi inexperiencia, lo que te haga falta.