por Invitado » Vie 25 Jul 2014 10:47 am
Por razones prácticas evidentes creo que la opción en este caso habría de formularse ante la sala, pero hay opiniones para todos los gustos:
Tribunal Superior de Justicia de Aragón, (Sala de lo Social)-Sentencia de 22 septiembre 1993 - AS 1993\4069 (Aranzadi)
Tribunal Superior de Justicia de Navarra, (Sala de lo Social) - Auto de 16 septiembre 1991 - AS 1991\4839
Por razones prácticas evidentes creo que la opción en este caso habría de formularse ante la sala, pero hay opiniones para todos los gustos:
Tribunal Superior de Justicia de Aragón, (Sala de lo Social)-Sentencia de 22 septiembre 1993 - AS 1993\4069 (Aranzadi)
Tribunal Superior de Justicia de Navarra, (Sala de lo Social) - Auto de 16 septiembre 1991 - AS 1991\4839