por Ni flawuars » Dom 15 Feb 2015 9:28 pm
En aquellos sitios en los que el Decanato se encarga unicamente de los asuntos de los mixtos y demás, es decir, no va nada del juzgado social ni del contencioso para ellos, ¿ qué sentido tiene que se atribuya al secretario de uno de éstos, el Decanato sino no tiene ni su reparto? En las ciudades pequeñas con 10 mixtos y un solo social y uno de lo lo contencioso que reciben directamente sus propios asuntos sin necesidad de acudir al Decanato para nada ni saber como funciona, no debería atribuirle esa función.
¿Pagan por llevar el Decanato?
En aquellos sitios en los que el Decanato se encarga unicamente de los asuntos de los mixtos y demás, es decir, no va nada del juzgado social ni del contencioso para ellos, ¿ qué sentido tiene que se atribuya al secretario de uno de éstos, el Decanato sino no tiene ni su reparto? En las ciudades pequeñas con 10 mixtos y un solo social y uno de lo lo contencioso que reciben directamente sus propios asuntos sin necesidad de acudir al Decanato para nada ni saber como funciona, no debería atribuirle esa función.
¿Pagan por llevar el Decanato?