Embargo en declarativos

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Revisión de tema
   

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Re: Embargo en declarativos

por Helena-Agueda » Lun 23 Mar 2015 10:44 pm

Hola, buenas :D

Efectivamente, Histrion1, y así hemos procedido, dar traslado al acreedor de la ejecución que embargó en nuestro declarativo.

Re: Embargo en declarativos

por Histrion1 » Lun 23 Mar 2015 2:20 pm

Y que pasa con la cesión en fraude de acreedores?

Creo que algo tendrá que decir a la cesión el acreedor que embarga el crédito o no?

Saludos

Re: Embargo en declarativos

por Helena-Agueda » Dom 22 Mar 2015 10:53 pm

Hola, buenas... :RotoDeRisa:

Si lees los dos mensajes, creo que está claro. No obstante ello, te lo repito las veces que haga falta... :monito.cheer:

Re: Embargo en declarativos

por Invitado » Dom 22 Mar 2015 10:44 pm

Ahora se va complicando la cosilla:
Viene la procuradora del actor, hermana a su vez, y nos presenta escrito personándose y acreditando que su hermano (el demandante), le ha cedido los derechos de cobro y la posición procesal como demanante en nuestro juicio. (lo acredita con escritura pública).

Perdón pero por este párrafo se ve una cesión del CC, ahora bien, o no me he enterado mucho de lo que has contado
Espero que te puedan ayudar porque así visto me he perdido en lo que es, ahora no es, luego deja de ser para ser otra cosa :RotoDeRisa:

Re: Embargo en declarativos

por Helena-Agueda » Dom 22 Mar 2015 9:41 pm

Hola, buenas... :D
No lo veo así, exactamente.

El demandante, es hermano de su procuradora- Indica en su escrito que se le entregue a su hermana la suma que se le entregaría a él en un futuro, en pago de sus honorarios en varios procedimientos que le llevó.

Ahora, el demandado ingresa la cantidad, pero dice que tengamos en cuenta un embargo que hay en otro juzgado contra el ahora demandante.

Es decir, ni cesión de créditos ni leches; es una maniobra entre hermanos y me pilla a mí en medio.

Se me ocurre devolver el dinero, ya que el proceso ha finalizado con el auto homologando el acuerdo, y ATPCCC. :parienta:
Es que parecen la familia trapisonda, y son todos arquitectos, abogados, procuradores, y demás gente de mal vivir.

Re: Embargo en declarativos

por Invitado » Dom 22 Mar 2015 5:38 pm

¿No es una transmisión de créditos del 1526 y ss del Codigo Civil?

Re: Embargo en declarativos

por Helena-Agueda » Sab 21 Mar 2015 10:18 pm

Hola, buenas...

Lo "mío" es más complicado aún...

Proceso ordinario en el demandante reclama un préstamo que hizo a una sociedad limitada.

Llega el día del juicio y alcanza un acuerdo, con una reducción en el importe iniciamente reclamada (reclamaban 10.000 euros y lo redujeron a 5.670 euros). Se dicta auto homologando dicho acuerdo, y se archiva.

Pasa el tiempo, y no piden nada.

Llega un exhorto de otro juzgado para que se anote un embargo practicado a la entidad demandada en una ejecución de título no judicial en el que la ejecutante es una entidad financiera. El importe de este embargo es de unos cuatrocientos y pico mil euros.
Se anotó el embargo, y se devolvió al archivo.

Ahora se va complicando la cosilla:
Viene la procuradora del actor, hermana a su vez, y nos presenta escrito personándose y acreditando que su hermano (el demandante), le ha cedido los derechos de cobro y la posición procesal como demanante en nuestro juicio. (lo acredita con escritura pública).
Solicita que todas las cantidades que resulten ingresadas por la demandada deberán ser entregadas a la cesionaria (la procuradora hermana del demandante), quien dice ser actual titular del derecho de crédito, puesto que ninguna de las cantidades que se genere en el procedimiento nuestro le pertenecen al demandante inicial, sino que la titular es la cesionaria.

Y aún se complica más:

De forma casi simultánea, se produce un ingreso en la cdcj del importe en el que habían alcanzado un acuerdo.

Y ya para rematar:

Escrito de la procuradora de la empresa demandada comunicando el ingreso reaalizado y que "por el juzgado, al efecto del pago a la actora, se tenga en cuenta en embargo sobre las cantidades que haya de percibir el actor".

A mí me pillan en medio y no sé que hacer, si devolverles el dinero y que queden en el bar de la esquina y resuelvan sus problemas familiares, porque tanto el actor como el demandado, como su procuradora son hermanos---

Re: Embargo en declarativos

por ginebra » Jue 08 May 2014 2:32 pm

Al hilo de esta cuestión tan interesante, me pregunto:
Y si se me anota el embargo del crédito en la ejecución en la que mi ejecutado es ejecutante, no debería yo poder personarme en esa ejecución para impulsarla? Tengo interés legítimo en el resultado de esa ejecución y en su buen fin, y a nadie causo perjuicio o indefensión.
Algún argumento para permitir esa personación??? Sería necesario subastar y adjudicar ese crédito para luego personarme a través de la sucesión procesal???
Gracias!

Re: Embargo en declarativos

por Procurador » Lun 25 Feb 2013 7:52 pm

No cabe denegar, a mi entender, porque se trata de un derecho espectante.
Lo que veo es que, con toda buena voluntad por resolver el tema, habéis empezado a liar un poco las cosas hablando incluso de forzar a la otra partea anotar registralmente la demanda y no sé qué otras cosas.
Desde este lado yo lo veo bien sencillo, siempre y cuando la solicitud de embargo haya estado bien articulada. Yo en algunas ocasiones, por a o por b, me he enterado que mi demandado es actor en unos autos en los que aún no se ha dictado sentencia. Pues nada "que intereso se traba embargo sobre las sumas que, por cualquier concepto, A tenga derecho a percibir a resultas de los autos X, que se siguen ante el Juzgado Y, contra B, librándose al efecto el oportuno exhorto". A partir de ahí nadie me lo ha denegado (tampoco es que lo esté pidiendo todos los días, ni mucho menos).
Qué hará el Juzgado exhortado...tomar nota como si de un embargo de sobrante se tratase. Después otra cosa es que el asunto lo gane A y ostente, por tanto, un crédito frente a B, o que B no le pague en la vida a A y este último sabiendo que el dinero va a ser para mí no de ni un palo al agua en la ejecución, o incluso que B le pague extrajudicialmente a A, los supuestos pueden ser varios.
Pero vamos, no veo inconveniente para hacerlo, porque, de seguir alguna de las teorías esgrimidas en este post, ¿y si embargo un sobrante?¿no sería lo mismo? Es lo mismo, un derecho expectante...a mi entender no hay motivo para denegarlo.

Re: Embargo en declarativos

por invi2 » Lun 25 Feb 2013 7:31 pm

yo sigo con mis trece, como dice newzel embargar en el declarativo trae muchos problemas, yo esperaría a la ejecución y embargar en virtud del 611, si ya hay sentencia sí existe un crédito, el problema es que no sabemos si lo ha ingresado, si lo va a hacer, y como pasa en todos los juzgados cuando existe sentencia firme se baja el procedimiento al archivo y a ver quién se acuerda de que hay un embargo ahí, porque en mi juzgado se coge testimonio de la resolución para la ejecución y no el procedimiento declarativo donde existe el post-it o nota de embargo, lo dicho yo lo deniego

Re: Embargo en declarativos

por newzel » Lun 25 Feb 2013 3:58 pm

Embargo dinero en local de negocio o en cuenta expediente
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Re: Embargo en declarativos

por newzel » Lun 25 Feb 2013 3:43 pm

embargo sobrante en otra ejecución
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Re: Embargo en declarativos

por newzel » Lun 25 Feb 2013 3:42 pm

Embargo derechos hereditarios
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embargo derechos hereditarios.pdf
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Re: Embargo en declarativos

por newzel » Lun 25 Feb 2013 3:41 pm

Adjunto jurisprudencia menor sobre disversas situaciones de derechos expectantes: derechos hereditarios, embargo del sobrante, Iva, y doctrina jurisprudencial sobre derechos expectantes. En cuanto al embargo de pensiones existe en guías y furisprudencia un artículo colgado al efecto, Lo que no he encontrado es el supuesto concreto del declarativo, pero teniendo presente los antecedentes anteriores, parace ser que es posible, aunque sienta un precedente, entiendo yo, bastante peligroso, puesto que obliga a la parte contraria en el declarativo a pedir anotación preventiva de su demanda, a fin de proteger su reclamación, o en otro caso, interponer en la ejecución una tercería, bien de dominio o de derecho. Si alguien encuentra algo específico sobre este tema sería muy últil que lo colgase.
Lo que sí se prevé es el embargo del dinero que exista en un local de negocio o un domicilio, y en una cuenta de consignación
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Re: Embargo en declarativos

por newzel » Lun 25 Feb 2013 1:22 pm

Hola a todos :)

Si he entendido bien la pregunta que inició el hilo, el ejecutante te pide el embargo de lo que pudiera obtener el ejecutado que es parte (bien actora o bien demandada reconveniente) en un declarativo.

Si es así, lo que te pide es el embargo de un crédito litigioso. El crédito litigioso es un concepto jurídico determinado, definido por el artículo 1.535 del Código Civil, con arreglo al cual será litigioso un crédito desde que se contesta a la demanda relativo al mismo, esto es, por litigioso se entiende aquel crédito cuya existencia, está sometida a la decisión judicial.
Hasta que no se de esta decisión judicial, no existe.Una vez se dicta la sentencia, el crédito deja de ser litigioso.

Sentado lo anterior cabe preguntarse si es posible el embargo de un crédito litigioso: en realidad se trataría del embargo de un derecho expectante.

Son derechos expectantes: a) los derechos o bienes litigiosos; b) el sobrante de una ejecución; c) las pensiones futuras; d) los intereses, rentas y frutos futuros; e) la cuota hereditaria una vez aceptada la herencia; f) la masa indivisa de la sociedad de gananciales; g) los bienes comprados con reserva de dominio a favor del vendedor; h) los bienes comprados con financiación y con reserva de dominio a favor del financiador.

Hay letrados que argumentan: "Existe una norma general, establecida por el art. 588.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que declara la nulidad del embargo cuando se efectúe sobre “bienes o derechos cuya efectiva existencia no conste”. Pero lo que no parece tener duda es que los derechos expectantes, aunque resistan a priori su posibilidad de cuantificación, tienen una efectiva existencia, una titularidad esgrimible erga omnes y, justo como expectativa, forman parte del patrimonio de la persona y pueden ser objeto de embargo, aunque su realización requiera un tratamiento distinto, dado que el embargo trabado sobre una expectativa de derecho no se transforma en ordinario hasta que se consolide el derecho. Y su realización forzosa se debe adecuar luego a la especial naturaleza de cada expectativa de derecho y a las normas materiales que la regulan"

Yo entiendo que es una postura razonada, aunque todavía no se me ha dado el caso concreto; en cualquier caso, de no ser posible el Registrador te lo hará saber enseguida

Re: Embargo en declarativos

por secre de malaga » Lun 25 Feb 2013 1:01 am

exacto maricarmen, pero no en declarativos sino en ejecuciones abiertas

Re: Embargo en declarativos

por Maricarmen » Dom 24 Feb 2013 11:30 pm

es el embargo de los derechos de credito que tiene el ejecutado en tu ejecucion, en la ejecucion del otro juzgado en el que es el ejecutante.

No es que embargues algo en concreto, una casa , un coche, no. Embargas el metalico que pueda obtener el ejecutnate de la otra ejecuccion despues de la subasta de esos bienes.
No embargas un bien, embargas el dinerito que le iba a dar en un mandamiento el sj del otro juzgado a su ejecutante y que ahora transferira ese dinero a tu juzgado para que tu se lo pagues a tu ejecutante

Re: Embargo en declarativos

por invi2 » Dom 24 Feb 2013 5:13 am

siento discrepar, estoy de acuerdo con invitado, no es un credito realizable, no existe dicha posibilidad

Re: Embargo en declarativos

por tramiteitor » Sab 23 Feb 2013 10:13 pm

Embargamos como crédito y exhortamos al Juzgado donde se lleva el asunto para que ponga nota de referencia al embargo y, en su día, transfiera la cantidad que exista a favor del deudor.

Re: embargo en declarativos

por Invitado » Jue 21 Feb 2013 1:54 pm

Pongo una diligencia similar a esta: "No cabe embargar bienes cuya efectiva existencia no exista en base al art. 588 LEC. No obstante, remítase exhorto al juzgado ..... número de autos de ejecución.... para que en caso de obtenerse algún tipo de cantidad..., etc, se proceda a la COMUNICACIÓN INMEDIATA al Juzgado..... para su embargo".

Es lo que suelo hacer yo.

L.

Re: embargo en declarativos

por INVI2 » Jue 21 Feb 2013 1:13 pm

Salvo mejor opinión, que la habrá seguro :D , creo que haces bien en denegarlo,no es ni dinero efectivo, ni un crédito ni derecho realizables a corto plazo, a ver otras opiniones...

Embargo en declarativos

por SECREDELOS80 » Jue 21 Feb 2013 12:24 pm

hola compañeros, me suelen pedir bastante que se embarguen las cantidades que obtenga el ejecutado en un declarativo en que es el demandante, yo suelo denegarlo porque no encuentro que dicha posibilidad exista en la LEC porque realmente su existencia no existe, otra cosa es que ya haya una sentencia que le conceda una cantidad, vosotros embargáis o esperáis a que haya sentencia o incluso esperáis a que haya ejecución abierta en virtud del 611????gracias de antemano

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