Plan liquidación del 148 LC y secretario judicial

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Plan liquidación del 148 LC y secretario judicial

por Lulu » Jue 09 Mar 2017 2:43 pm

Una duda de novata: en el 148 de la ley concursal, en su párrafo segundo dice que cuando se presenta el plan de liquidación, el secretario acordará poner de manifestó el plan en la Oficina Judicial y en los lugares que a este efecto designe y que se anunciarán en la forma que estime conveniente"

En estos casos, si ni los concursados ni la admón. concursal dice nada expresamente, ¿sería suficiente con una DIOR que acuerde que el plan está de manifiesto en la Oficina Judicial?? LOs anuncios a los que se hace referencia, a qué se refiere? ¿hay que darle alguna publicidad aparte de esto=

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