por Gatuna » Mar 06 Jun 2017 9:49 pm
Buenas tardes:
mis compañeros del social y yo, tenemos una duda existencial, ¿es necesario hacer una pieza separada con el recurso de suplicación? y luego esa pieza se la queda el TSJ? y no nos la devuelven al juzgado?
según el art. 197 LRJS nos dice: "se elevarán los autos a la Sala de lo Social del Tribunal Superior
de Justicia, junto con el recurso y escritos presentados", como haceis en vuestros juzgados??.
la palabra "junto con" , ¿significa la formación de pieza separada?, cuando expresamente no lo contempla la ley
gracias
Buenas tardes:
mis compañeros del social y yo, tenemos una duda existencial, ¿es necesario hacer una pieza separada con el recurso de suplicación? y luego esa pieza se la queda el TSJ? y no nos la devuelven al juzgado?
según el art. 197 LRJS nos dice: "se elevarán los autos a la Sala de lo Social del Tribunal Superior
de Justicia, junto con el recurso y escritos presentados", como haceis en vuestros juzgados??.
la palabra "junto con" , ¿significa la formación de pieza separada?, cuando expresamente no lo contempla la ley
gracias