por CIVILIST@ » Mié 21 Feb 2018 11:56 am
Totalmente de acuerdo con Darabia, el único requisito para poder adjudicar el bien a favor del postor es que consigne la diferencia entre el la consignación para participar en subasta (5% del valor de tasación) y la mejor postura ofrecida, y lógicamente que se cumplan los requisitos del artículo 650 LEC respecto a los porcentajes respecto al valor de tasación.
Pero si es así, no puede supeditarse la adjudicación a que se aprueben las costas y liquiden los intereses, son ya trámites posteriores. De hecho, el artículo 650.1 LEC es muy claro: "El rematante habrá de consignar el importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de diez días desde la notificación del decreto y, realizada esta consignación, se le pondrá en posesión de los bienes."
Y, efectivamente, la confusión puede ir al entender el compañero que se adjudicaba el bien al ejecutante por todos los conceptos, supuestos que sí que requería de dichos trámites previos para poder concretar el valor por el que se realiza la adjudicación.
Totalmente de acuerdo con Darabia, el único requisito para poder adjudicar el bien a favor del postor es que consigne la diferencia entre el la consignación para participar en subasta (5% del valor de tasación) y la mejor postura ofrecida, y lógicamente que se cumplan los requisitos del artículo 650 LEC respecto a los porcentajes respecto al valor de tasación.
Pero si es así, no puede supeditarse la adjudicación a que se aprueben las costas y liquiden los intereses, son ya trámites posteriores. De hecho, el artículo 650.1 LEC es muy claro: "El rematante habrá de consignar el importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de diez días desde la notificación del decreto[b] y, realizada esta consignación, se le pondrá en posesión de los bienes[/b]."
Y, efectivamente, la confusión puede ir al entender el compañero que se adjudicaba el bien al ejecutante por todos los conceptos, supuestos que sí que requería de dichos trámites previos para poder concretar el valor por el que se realiza la adjudicación.