por Duende » Mar 14 May 2019 10:41 am
En mi opinión no se trata de ser o no formalista. Es que si existe un trámite específico, con su competencia, posibilidad de oposición, caución, resoluciones y posibles recursos, no es admisible prescindir del mismo y tirar por la calle de en medio.
Existe, además un riesgo, hay abogados muy listos y si luego hay cualquier defecto en la identificación, falta de legitimación, litisconsorcio o cuestiones similares, va a alegar que es un error del juzgado en la identificación, que eso no era lo que el pidió y que por tanto no es imputable a la parte, cuando es esencial que identifiquen al demandado.
En mi opinión no se trata de ser o no formalista. Es que si existe un trámite específico, con su competencia, posibilidad de oposición, caución, resoluciones y posibles recursos, no es admisible prescindir del mismo y tirar por la calle de en medio.
Existe, además un riesgo, hay abogados muy listos y si luego hay cualquier defecto en la identificación, falta de legitimación, litisconsorcio o cuestiones similares, va a alegar que es un error del juzgado en la identificación, que eso no era lo que el pidió y que por tanto no es imputable a la parte, cuando es esencial que identifiquen al demandado.