por ELY » Lun 08 Jul 2019 10:18 am
Efectivamente, la vía es la del 67 LRJS, pero si te han interpuesto un recurso de revisión, pues mi opinión es que hay que resolverlo, desestimarlo pues el decreto no ha infringido la normativa y remitir a la parte a su impugnación. por la vía del 67 LRJS
Efectivamente, la vía es la del 67 LRJS, pero si te han interpuesto un recurso de revisión, pues mi opinión es que hay que resolverlo, desestimarlo pues el decreto no ha infringido la normativa y remitir a la parte a su impugnación. por la vía del 67 LRJS