por Invitado » Jue 15 Jun 2006 10:22 am
Gracias, Carlos; por contestar.
La pregunta viene a cuento del Agente de mi Juzgado, que con la excusa de que la Lecrim dice que las notificaciones en estrados corresponden a los Secretarios, se niega a notificar en nigún caso incluso en las guardias:
Yo le intento explicar que esas notificaciones se refieren a lo que tú dices, que técnicamente "estrados" se refieren a la Sala, que la LOPJ dejaría sin efecto esos preceptos, etc pero, nada, no hay manera, se niega en redondo.
En fin, qué lucha...
Saludos
Gracias, Carlos; por contestar.
La pregunta viene a cuento del Agente de mi Juzgado, que con la excusa de que la Lecrim dice que las notificaciones en estrados corresponden a los Secretarios, se niega a notificar en nigún caso incluso en las guardias:
Yo le intento explicar que esas notificaciones se refieren a lo que tú dices, que técnicamente "estrados" se refieren a la Sala, que la LOPJ dejaría sin efecto esos preceptos, etc pero, nada, no hay manera, se niega en redondo.
En fin, qué lucha...
Saludos