por wences2 » Mar 21 Ene 2020 11:05 am
Si en la instrucción el imputado tiene abogado y procurador nombrado, ¿ es necesario cuando se dicta el auto de apertura del juicio oral el traslado por tres días para el tema de nombramiento de abogado y procurador o se puede directamente con entrega de copia de los escritos de acusación y de los autos darle diez para para que presente el escrito de defensa?
Si en la instrucción el imputado tiene abogado y procurador nombrado, ¿ es necesario cuando se dicta el auto de apertura del juicio oral el traslado por tres días para el tema de nombramiento de abogado y procurador o se puede directamente con entrega de copia de los escritos de acusación y de los autos darle diez para para que presente el escrito de defensa?