por Invitado » Vie 02 Dic 2016 3:29 pm
Consultando en PNJ DGT embargue un vehículo titularidad del ejecutado. Anote el embargo en el Registro de Bienes Muebles sin ningún problema.
La cuestión surge que al ir a sacar a subasta el vehículo y al meter los datos me doy cuenta de que del vehículo es cotitular el ejecutado y su madre. Se me plantea ahora la duda si lo que debo de embargar es la mitad indivisa del vehículo y no el vehículo en sí. Y si he de notificar a la madre el embargo. El Registrador de Bienes Muebles no me indicó el defecto subsanable de no haber notificado el embargo al cotitular.
Consultando en PNJ DGT embargue un vehículo titularidad del ejecutado. Anote el embargo en el Registro de Bienes Muebles sin ningún problema.
La cuestión surge que al ir a sacar a subasta el vehículo y al meter los datos me doy cuenta de que del vehículo es cotitular el ejecutado y su madre. Se me plantea ahora la duda si lo que debo de embargar es la mitad indivisa del vehículo y no el vehículo en sí. Y si he de notificar a la madre el embargo. El Registrador de Bienes Muebles no me indicó el defecto subsanable de no haber notificado el embargo al cotitular.