por Top Secre » Mar 02 Jun 2015 7:53 pm
A vueltas otra vez con el Registro de la Propiedad...
Me dice la Registradora que no inscribe el decreto de adjudicación porque no hago constar en él que se ordena la cancelación de la nota marginal extendida dejando constancia de las expedición de la certificación de cargas.
En el mandamiento dejamos constancia del 674, que dice que el Secretario Judicial mandará la cancelación de todas las inscripciones y anotaciones posteriores, pero esto no es ni inscripción ni anotación, es nota, y además la parte ejecutante no me lo ha pedido. Por otra parte, aunque el 688 hace depender de eso la cancelación de la hipoteca por el registrador, y que eso es para información al tercero poseedor, hasta ahora no lo metía dentro del contenido del Decreto.
¿Algo de luz sobre esto?
A vueltas otra vez con el Registro de la Propiedad...
Me dice la Registradora que no inscribe el decreto de adjudicación porque no hago constar en él que se ordena la cancelación de la nota marginal extendida dejando constancia de las expedición de la certificación de cargas.
En el mandamiento dejamos constancia del 674, que dice que el Secretario Judicial mandará la cancelación de todas las inscripciones y anotaciones posteriores, pero esto no es ni inscripción ni anotación, es nota, y además la parte ejecutante no me lo ha pedido. Por otra parte, aunque el 688 hace depender de eso la cancelación de la hipoteca por el registrador, y que eso es para información al tercero poseedor, hasta ahora no lo metía dentro del contenido del Decreto.
¿Algo de luz sobre esto?